III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-19967)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, para la realización de prácticas externas en Juzgados y Tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 148984
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea pueda realizar prácticas
externas en juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma del País Vasco de
conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado de estudios oficiales de grado o máster que imparte la Universidad del País
Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y siempre de titulaciones relacionadas con
profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la
Comunidad Autónoma del País Vasco.
Por un lado, el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales se
compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente
convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y
tribunales.
Por otro lado, la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea se
compromete a que la persona o personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el
órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes derechos, en el marco de la normativa
propia de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que sea de
aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que certifique
su actividad como tutor/a de estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Aquellas otras consideraciones específicas que la universidad pueda establecer.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad Autónoma del País Vasco estará siempre supeditada a las
necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas
externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el
convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea o concesión de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las Carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Segunda. Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
cve: BOE-A-2021-19967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 148984
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea pueda realizar prácticas
externas en juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma del País Vasco de
conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado de estudios oficiales de grado o máster que imparte la Universidad del País
Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y siempre de titulaciones relacionadas con
profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la
Comunidad Autónoma del País Vasco.
Por un lado, el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales se
compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente
convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y
tribunales.
Por otro lado, la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea se
compromete a que la persona o personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el
órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes derechos, en el marco de la normativa
propia de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que sea de
aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que certifique
su actividad como tutor/a de estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Aquellas otras consideraciones específicas que la universidad pueda establecer.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad Autónoma del País Vasco estará siempre supeditada a las
necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas
externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el
convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea o concesión de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las Carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Segunda. Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
cve: BOE-A-2021-19967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288