III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-19978)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Heineken España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 2 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149083

Año 2023:
– 4 % si se iguala o supera el volumen producido en 2019 para los formatos de
hostelería (Barril, Botella Retornable, Orión Botella Hostelería OW en el canal de
Horeca). En concreto, un volumen de 5.207.000Hl. En concreto:
– 3,25 % si no se iguala o supera el volumen producido en 2019 para los formatos
de hostelería (Barril, Botella Retornable, Orión Botella Hostelería OW en el canal de
Horeca). En concreto, un volumen de 5.207.000Hl:
Año 2024: 4 %.
Adicionalmente, y durante todos los periodos de vigencia del convenio, si el/la
trabajador/a voluntariamente aporta, al menos, un 0,5% de su salario al plan de
pensiones, la Empresa aportará un 0,5% adicional en el mismo año.
– Fallecimiento, incapacidad total o incapacidad absoluta (Riesgo) con una cobertura
de 2 anualidades de salario pensionable, 4 si es por accidente y 6 si es por accidente
tráfico, sin descontar el derecho consolidado.
Se entiende por salario pensionable el salario de tablas más, para las personas que
lo generaron en 2017, el complemento personal por supresión de antigüedad y
deslizamiento de plus Convenio, y el complemento personal por adaptación al sistema
de clasificación del I Convenio Colectivo.
Artículo 47.

Otras prestaciones: prendas de equipo.

La Empresa proveerá a cada uno de los/as trabajadores/as de la Familia/Grupo de
Producción, de la ropa, calzado y elementos de seguridad suficientes y adecuados, cuyo
uso será obligatorio, necesarios para el desempeño de su función. La Empresa podrá
revisar junto con la Representación Social la cantidad y calidad del material, así como la
fecha de entrega del mismo que se producirá, con carácter anual, en el mes de octubre
la de invierno y en el mes de abril la de verano.
a) Mes de abril (Equipo de verano): 2 pantalones y 2 polos de manga corta.
b) Mes de octubre (Equipo de invierno): 2 pantalones, 2 polos manga larga, un
jersey y una cazadora.
Del mismo modo se entregará cada dos años un anorak o chaquetón, y los que
realicen su trabajo habitual a la intemperie, recibirán las prendas de trabajo de agua
pertinentes.
Para el personal de nueva incorporación se entregará en el momento de la
incorporación dos pantalones, dos polos y un jersey y/o chaqueta según la época del
año. Así como el calzado de seguridad necesario.
Se mantendrá un nivel adecuado y suficiente de stock de las diferentes prendas para
casos de necesidad por rotura o deterioro y para personal de nueva incorporación,
alumnos en prácticas, visitas o cualquier otra necesidad.

Garantías de empleo
Artículo 48.

Subcontratación.

La Empresa informará a la Representación Legal de los Trabajadores, previamente a
cualquier subcontratación de la propia actividad, sobre:
– Nombre o razón social, domicilio y NIF de la contratista.
– Objeto y duración de la contrata.

cve: BOE-A-2021-19978
Verificable en https://www.boe.es

CAPÍTULO VII