I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE-A-2021-19904)
Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Artículo 2.
Sec. I. Pág. 148679
Actividades incluidas en el método de estimación objetiva.
1. De conformidad con el artículo 32 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el
método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será
aplicable, además, a las actividades a las que resulte de aplicación el régimen especial
de la agricultura, ganadería y pesca o el del recargo de equivalencia del Impuesto sobre
el Valor Añadido, que a continuación se mencionan:
IAE
Actividad económica
–
Agrícola o ganadera susceptible de estar incluida en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre
el Valor Añadido.
–
Actividad forestal susceptible de estar incluida en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el
Valor Añadido.
–
Producción de mejillón en batea.
642.1, 2, 3 y 4
Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
Comercio al por menor de carne y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados, salvo casquerías.
642.5
Comercio al por menor de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de los mismos.
642.6
Comercio al por menor, en casquerías, de vísceras y despojos procedentes de animales de abasto, frescos y congelados.
643.1 y 2
Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles.
644.1
Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos.
644.2
Despachos de pan, panes especiales y bollería.
644.3
Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería.
644.6
Comercio al por menor de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos,
golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes.
647.1
Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
647.2 y 3
Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mixto en
establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 400 metros cuadrados.
651.1
Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería.
651.2
Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado.
651.3 y 5
Comercio al por menor de lencería, corsetería y prendas especiales.
651.4
Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería.
651.6
Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y
artículos de viaje en general.
652.2 y 3
Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y
otros productos para la decoración y de productos químicos, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
653.1
Comercio al por menor de muebles.
653.2
Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico
accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como muebles de cocina.
653.3
Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo, o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños
electrodomésticos).
653.9
Comercio al por menor de otros artículos para el equipamiento del hogar n.c.o.p.
654.2
Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos sin motor.
654.6
Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandajes y cámaras de aire para vehículos terrestres sin motor, excepto las
actividades de comercio al por mayor de los artículos citados.
cve: BOE-A-2021-19904
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Artículo 2.
Sec. I. Pág. 148679
Actividades incluidas en el método de estimación objetiva.
1. De conformidad con el artículo 32 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el
método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será
aplicable, además, a las actividades a las que resulte de aplicación el régimen especial
de la agricultura, ganadería y pesca o el del recargo de equivalencia del Impuesto sobre
el Valor Añadido, que a continuación se mencionan:
IAE
Actividad económica
–
Agrícola o ganadera susceptible de estar incluida en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre
el Valor Añadido.
–
Actividad forestal susceptible de estar incluida en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el
Valor Añadido.
–
Producción de mejillón en batea.
642.1, 2, 3 y 4
Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
Comercio al por menor de carne y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados, salvo casquerías.
642.5
Comercio al por menor de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de los mismos.
642.6
Comercio al por menor, en casquerías, de vísceras y despojos procedentes de animales de abasto, frescos y congelados.
643.1 y 2
Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles.
644.1
Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos.
644.2
Despachos de pan, panes especiales y bollería.
644.3
Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería.
644.6
Comercio al por menor de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos,
golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes.
647.1
Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
647.2 y 3
Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mixto en
establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 400 metros cuadrados.
651.1
Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería.
651.2
Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado.
651.3 y 5
Comercio al por menor de lencería, corsetería y prendas especiales.
651.4
Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería.
651.6
Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y
artículos de viaje en general.
652.2 y 3
Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y
otros productos para la decoración y de productos químicos, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
653.1
Comercio al por menor de muebles.
653.2
Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico
accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como muebles de cocina.
653.3
Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo, o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños
electrodomésticos).
653.9
Comercio al por menor de otros artículos para el equipamiento del hogar n.c.o.p.
654.2
Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos sin motor.
654.6
Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandajes y cámaras de aire para vehículos terrestres sin motor, excepto las
actividades de comercio al por mayor de los artículos citados.
cve: BOE-A-2021-19904
Verificable en https://www.boe.es
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