III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-19879)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, para la cesión del derecho de uso de la plataforma Séneca en los centros dependientes del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 1 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 148565

plataforma Séneca para su instalación en el área de gestión educativa de los centros de
competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional (en adelante, el
Ministerio), a través de su pertinente desarrollo y adaptación a sus necesidades propias.
Asimismo, el Ministerio se compromete a revertir a la Consejería todos los avances
tecnológicos de la plataforma Séneca que sobre ella desarrolle, cuando sea de interés
para la Consejería.
Segunda.

Compromiso de las partes.

Respecto a la plataforma, tanto la Consejería como el Ministerio se obligan a:
A. La Consejería, a través de la Secretaría General Técnica, se compromete a
realizar las siguientes funciones en colaboración con el Ministerio:
1. Entregar sin cargo alguno el software que soporta la plataforma Séneca-PASEN.
2. Apoyar en la medida de sus posibilidades al personal tanto técnico como de
gestión del Ministerio en la implantación de la plataforma Séneca, con el suministro de
información de técnica, documentación, así como otro tipo de soporte técnico en cuanto
a la instalación y puesta en marcha del sistema.
3. Permitir que la plataforma Séneca sea modificada y adaptada funcionalmente a
las necesidades específicas del Ministerio.
B. El Ministerio, se compromete a realizar las siguientes funciones en colaboración
con la Consejería:
1. Al mantenimiento posterior de aquellas modificaciones, ampliaciones o
adaptaciones de la plataforma Séneca que los servicios técnicos del Ministerio pudieran
realizar en el aplicativo original, sujetos a las siguientes directrices
i. Parametrización, de modo que sean adaptables a su uso, tanto por el Ministerio
como por la Consejería.
ii. Cubrir preferentemente las zonas de interés común de ambos organismos.
2. Comunicar a la Secretaría General Técnica de la Consejería las modificaciones,
ampliaciones o adaptaciones, que los servicios técnicos del Ministerio pudieran en su
caso realizar sobre el software original, y a entregar sin cargo alguno una copia de los
mismos si éste lo solicitase por considerarse interesante incorporarlas a la versión inicial
del producto.
3. Incluir una referencia a la existencia del presente Convenio, en toda información
o comunicación que se realice sobre la plataforma Séneca desarrollada por el Ministerio,
partiendo del código fuente del sistema cedido acorde al texto referenciado en el Anexo I
de presente convenio.
4. Mantener la debida reserva en cuanto a la información facilitada dadas las
cautelas que en materia de seguridad requiere un sistema de información de esta
naturaleza donde se registran datos de carácter personal, en particular los relativos a los
expedientes académicos del alumnado.
Financiación.

Del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio no se derivará
contraprestación económica alguna para las partes.
Cuarta. Comisión Técnica de Seguimiento del Convenio.
Se constituirá una Comisión Técnica de Seguimiento del presente Convenio formada
por dos representantes del Ministerio, nombrados por la Secretaría de Estado de
Educación, un representante de la Consejería de Educación nombrado por su Secretaría

cve: BOE-A-2021-19879
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.