I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Subvenciones. (BOE-A-2021-19804)
Real Decreto 1059/2021, de 30 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones a las universidades participantes en el proyecto "Universidades europeas" de la Comisión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148228
Por lo expuesto, se considera que la norma se adecua a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, particularmente a
los de necesidad y eficacia, al estar justificada por razones de interés general, basarse
en una identificación clara de los fines perseguidos y resultar el instrumento más
adecuado para garantizar la consecución de sus objetivos; al de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible para atender las necesidades que pretende cubrir,
una vez constatado que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que
impongan menos obligaciones a sus destinatarios; y al de eficiencia, ya que la iniciativa
normativa evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos.
A su vez, se cumple con los principios de seguridad jurídica y transparencia; por una
parte, por lo que respecta a la seguridad jurídica, el real decreto se articula de manera
coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional, especialmente la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y su normativa de desarrollo, y quedan claramente delimitados su
alcance y objetivos. Por otra parte, en cuanto al principio de transparencia, el real
decreto es objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo una norma de
general conocimiento y pudiendo ser objeto de los recursos que contra la misma
procedan además de que, en cuanto a los destinatarios, se trata de las universidades
que forman parte de los proyectos seleccionados por la Comisión Europea en su
convocatoria 2020 de «Universidades Europeas», resolución ampliamente difundida.
Las subvenciones que se regulan en este real decreto no tienen carácter de ayudas
de Estado a los efectos de la aplicación de los artículos 107 a 109 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, teniendo en cuenta el tipo y características de las
entidades beneficiarias y el objeto de las subvenciones.
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, y de aprobación
de las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia,
de conformidad con lo preceptuado por el artículo 149.1. 15.ª y 30.ª de la Constitución
Española.
En el procedimiento de elaboración de la presente disposición se ha solicitado el
informe de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, de acuerdo con lo
preceptuado por el artículo 26.9 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno; se
ha recabado el informe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Universidades, así
como el correspondiente de la Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en el departamento, y el informe del Ministerio de Hacienda y
Función Pública a que hace referencia el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Universidades, previo informe del Ministerio
de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 30 de noviembre de 2021,
DISPONGO:
1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de diversas
subvenciones a las universidades españolas públicas y privadas vinculadas a las
distintas alianzas participantes en el programa Erasmus+ de la Comisión Europea, en la
acción conocida como «Universidades europeas». Dichas universidades españolas se
integran en las alianzas seleccionadas por dicha institución de la Unión Europea en el
marco de la convocatoria de propuestas 2020 (EAC/A02/2019, publicada en el Diario
Oficial de la Unión Europea, de 5 de noviembre de 2019, C 373/12).
cve: BOE-A-2021-19804
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto.
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148228
Por lo expuesto, se considera que la norma se adecua a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, particularmente a
los de necesidad y eficacia, al estar justificada por razones de interés general, basarse
en una identificación clara de los fines perseguidos y resultar el instrumento más
adecuado para garantizar la consecución de sus objetivos; al de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible para atender las necesidades que pretende cubrir,
una vez constatado que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que
impongan menos obligaciones a sus destinatarios; y al de eficiencia, ya que la iniciativa
normativa evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos.
A su vez, se cumple con los principios de seguridad jurídica y transparencia; por una
parte, por lo que respecta a la seguridad jurídica, el real decreto se articula de manera
coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional, especialmente la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y su normativa de desarrollo, y quedan claramente delimitados su
alcance y objetivos. Por otra parte, en cuanto al principio de transparencia, el real
decreto es objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo una norma de
general conocimiento y pudiendo ser objeto de los recursos que contra la misma
procedan además de que, en cuanto a los destinatarios, se trata de las universidades
que forman parte de los proyectos seleccionados por la Comisión Europea en su
convocatoria 2020 de «Universidades Europeas», resolución ampliamente difundida.
Las subvenciones que se regulan en este real decreto no tienen carácter de ayudas
de Estado a los efectos de la aplicación de los artículos 107 a 109 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, teniendo en cuenta el tipo y características de las
entidades beneficiarias y el objeto de las subvenciones.
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, y de aprobación
de las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia,
de conformidad con lo preceptuado por el artículo 149.1. 15.ª y 30.ª de la Constitución
Española.
En el procedimiento de elaboración de la presente disposición se ha solicitado el
informe de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, de acuerdo con lo
preceptuado por el artículo 26.9 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno; se
ha recabado el informe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Universidades, así
como el correspondiente de la Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en el departamento, y el informe del Ministerio de Hacienda y
Función Pública a que hace referencia el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Universidades, previo informe del Ministerio
de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 30 de noviembre de 2021,
DISPONGO:
1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de diversas
subvenciones a las universidades españolas públicas y privadas vinculadas a las
distintas alianzas participantes en el programa Erasmus+ de la Comisión Europea, en la
acción conocida como «Universidades europeas». Dichas universidades españolas se
integran en las alianzas seleccionadas por dicha institución de la Unión Europea en el
marco de la convocatoria de propuestas 2020 (EAC/A02/2019, publicada en el Diario
Oficial de la Unión Europea, de 5 de noviembre de 2019, C 373/12).
cve: BOE-A-2021-19804
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto.