I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-19800)
Real Decreto 1056/2021, de 30 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 1009/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico, y el Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 1 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 148186

coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 17 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de estas subvenciones.
En el procedimiento de elaboración del presente real decreto se ha tenido en cuenta
lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, asimismo se han
observado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. De esta forma, de acuerdo con los principios de necesidad
y eficacia, se justifica la norma al considerarse el instrumento más indicado para los
intereses que se persiguen, en concreto, la necesidad de la adaptación de las normas
modificadas a la realidad del sector, facilitando su accesibilidad para el potencial
beneficiario y su aplicabilidad, y garantizando una mayor seguridad jurídica en sus
procedimientos. Se cumple el principio de proporcionalidad y la regulación se limita al
mínimo imprescindible para cumplir con dicha normativa. El principio de seguridad
jurídica se garantiza al establecerse en una disposición general las nuevas previsiones
en coherencia con el resto del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea y
eliminar imprecisiones en su articulado sin que ello suponga alteración en las
obligaciones y derechos de los administrados. Asimismo, en aplicación del principio de
transparencia han sido consultadas durante la tramitación de la norma las comunidades
autónomas, las entidades representativas de los sectores afectados, y se ha sustanciado
el trámite de audiencia e información pública. Finalmente, el principio de eficiencia se
considera cumplido toda vez que se asegura la máxima eficacia de sus postulados con
los menores costes posibles inherentes a su aplicación al servirse de la infraestructura
estatal ya creada para estos fines, y no se imponen nuevas cargas administrativas frente
a la regulación actual.
Asimismo, se han recabado informes de la Intervención Delegada, la Oficina
Presupuestaria y la Abogacía del Estado en el Departamento, así como de comunidades
autónomas y sector.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la
aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre 2021,
DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 1009/2015, de 6 de noviembre, por el
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de
ámbito supraautonómico.
El Real Decreto 1009/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración
de entidades asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico, queda
modificado como sigue:
Se modifica el artículo 1, que queda redactado como sigue:

«Artículo 1.

Objeto y finalidad.

Por el presente real decreto se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, financiadas por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para el fomento de la integración
supraautonómica de entidades asociativas de carácter agroalimentario,
orientándose a la mejora de la dimensión empresarial, la eficiencia y la
rentabilidad de dichas entidades asociativas.»

cve: BOE-A-2021-19800
Verificable en https://www.boe.es

Uno.