I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-19800)
Real Decreto 1056/2021, de 30 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 1009/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico, y el Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148183
Ambas líneas de ayuda son complementarias y se erigen como medidas
fundamentales de la política estatal de fomento de la integración asociativa que
desarrolla el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, contribuyendo
conjuntamente al cumplimiento de sus objetivos. De esta manera, dichas medidas
favorecen la creación de entidades asociativas agroalimentarias de mayor dimensión
mediante el fomento de la integración de los primeros eslabones de la cadena
alimentaria, lo que redunda en una mejor y más fuerte posición negociadora de la oferta
procedente del sector en el conjunto de las relaciones comerciales que rigen los
intercambios en la cadena alimentaria. Asimismo, permiten a las entidades asociativas
agroalimentarias perseguir objetivos más ambiciosos mediante inversiones en
transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios, así como
incrementar la cuota de mercado para los productos en los que operan las entidades,
persiguiendo al fin y al cabo un aumento del valor añadido de los productos que
comercializa la cooperativa que redunde positivamente en las rentas de los agricultores y
favorezca la fijación de la población en el medio rural, contribuyendo de esta manera a la
creación de un entorno rural sostenible desde el punto de vista social, económico y
medioambiental.
Se pretende, por lo tanto, cambiar la estructura de las entidades asociativas
agroalimentarias para adecuarla a los nuevos retos, mediante instrumentos y medidas
que les confieran un mayor protagonismo en nuestro sistema agroalimentario, mediante
la configuración de estructuras más eficaces que se constituyan en modelo de
cooperación y colaboración por excelencia, haciendo que sus estructuras empresariales
se encuentren en el marco de la excelencia empresarial y conformen un sistema
productivo más eficaz y más competitivo que redunde en el beneficio de todos los
integrantes de la cadena alimentaria hasta el consumidor final y siga siendo vertebrador
y elemento dinamizador del tejido rural vivo, coherente e integrador.
Inicialmente, las ayudas nacionales para fomento de la integración de entidades
asociativas de carácter supraautonómico, desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, se venían convocando de acuerdo a la Orden APA/180/2008, de 22 de
enero. Sin embargo, a raíz de la promulgación del Reglamento (UE) n.º 702/2014 de la
Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de
ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado
interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, fue necesario actualizar las citadas bases reguladoras al nuevo marco
normativo.
De esta manera, se publicó el Real Decreto 1009/2015, de 6 de noviembre, por el
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas
al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de ámbito
supraautonómico, adaptándose así a la nueva normativa de la Unión Europea.
Este régimen de subvenciones se realiza en el marco del Reglamento (UE) n.º
1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis.
En 2018, se procedió a modificar el Real Decreto 1009/2015, de 10 de noviembre, a
efectos de mejorar la redacción y simplificar determinados aspectos de las bases
reguladoras con el fin de facilitar la gestión por parte de la administración y su
accesibilidad por parte del administrado. Dichas modificaciones se incorporaron a las
bases reguladoras con la publicación del Real Decreto 26/2018, de 26 de enero.
De igual manera, fruto de la experiencia adquirida en la gestión de las subvenciones
destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de
carácter supraautonómico, se procede a modificar nuevamente el Real
Decreto 1009/2015, de 10 de noviembre, con el fin principal de ampliar el objeto y
posibles beneficiarios, contemplando formas adicionales de colaboración e integración
entre entidades asociativas agroalimentarias que potencien la agrupación de los
productores. Para ello, se introducen nuevas actividades de integración asociativa que
cve: BOE-A-2021-19800
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148183
Ambas líneas de ayuda son complementarias y se erigen como medidas
fundamentales de la política estatal de fomento de la integración asociativa que
desarrolla el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, contribuyendo
conjuntamente al cumplimiento de sus objetivos. De esta manera, dichas medidas
favorecen la creación de entidades asociativas agroalimentarias de mayor dimensión
mediante el fomento de la integración de los primeros eslabones de la cadena
alimentaria, lo que redunda en una mejor y más fuerte posición negociadora de la oferta
procedente del sector en el conjunto de las relaciones comerciales que rigen los
intercambios en la cadena alimentaria. Asimismo, permiten a las entidades asociativas
agroalimentarias perseguir objetivos más ambiciosos mediante inversiones en
transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios, así como
incrementar la cuota de mercado para los productos en los que operan las entidades,
persiguiendo al fin y al cabo un aumento del valor añadido de los productos que
comercializa la cooperativa que redunde positivamente en las rentas de los agricultores y
favorezca la fijación de la población en el medio rural, contribuyendo de esta manera a la
creación de un entorno rural sostenible desde el punto de vista social, económico y
medioambiental.
Se pretende, por lo tanto, cambiar la estructura de las entidades asociativas
agroalimentarias para adecuarla a los nuevos retos, mediante instrumentos y medidas
que les confieran un mayor protagonismo en nuestro sistema agroalimentario, mediante
la configuración de estructuras más eficaces que se constituyan en modelo de
cooperación y colaboración por excelencia, haciendo que sus estructuras empresariales
se encuentren en el marco de la excelencia empresarial y conformen un sistema
productivo más eficaz y más competitivo que redunde en el beneficio de todos los
integrantes de la cadena alimentaria hasta el consumidor final y siga siendo vertebrador
y elemento dinamizador del tejido rural vivo, coherente e integrador.
Inicialmente, las ayudas nacionales para fomento de la integración de entidades
asociativas de carácter supraautonómico, desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, se venían convocando de acuerdo a la Orden APA/180/2008, de 22 de
enero. Sin embargo, a raíz de la promulgación del Reglamento (UE) n.º 702/2014 de la
Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de
ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado
interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, fue necesario actualizar las citadas bases reguladoras al nuevo marco
normativo.
De esta manera, se publicó el Real Decreto 1009/2015, de 6 de noviembre, por el
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas
al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de ámbito
supraautonómico, adaptándose así a la nueva normativa de la Unión Europea.
Este régimen de subvenciones se realiza en el marco del Reglamento (UE) n.º
1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis.
En 2018, se procedió a modificar el Real Decreto 1009/2015, de 10 de noviembre, a
efectos de mejorar la redacción y simplificar determinados aspectos de las bases
reguladoras con el fin de facilitar la gestión por parte de la administración y su
accesibilidad por parte del administrado. Dichas modificaciones se incorporaron a las
bases reguladoras con la publicación del Real Decreto 26/2018, de 26 de enero.
De igual manera, fruto de la experiencia adquirida en la gestión de las subvenciones
destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de
carácter supraautonómico, se procede a modificar nuevamente el Real
Decreto 1009/2015, de 10 de noviembre, con el fin principal de ampliar el objeto y
posibles beneficiarios, contemplando formas adicionales de colaboración e integración
entre entidades asociativas agroalimentarias que potencien la agrupación de los
productores. Para ello, se introducen nuevas actividades de integración asociativa que
cve: BOE-A-2021-19800
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287