III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-19762)
Resolución de 21 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra, por el que se entrega en depósito del Archivo Histórico de la Delegación Especial de Economía y Hacienda de Navarra al Archivo Real y General de Navarra, para su custodia y utilización con fines culturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147953
del Ministerio de Hacienda y Función Pública y del Servicio de Asesoría Jurídica del
Gobierno de Navarra, sobre el proyecto.
CLÁUSULAS
Primera.
Objetivo del Convenio.
El objeto del presente convenio es la entrega en depósito por parte de la
Subsecretaría de Hacienda y Función Pública al Departamento de Cultura y Deporte del
Gobierno de Navarra, de las series documentales que conforman el Archivo Histórico de
la Delegación Especial de Economía y Hacienda de Navarra.
Con este depósito continúan las remesas de documentación enviadas por la
Delegación Especial de Economía y Hacienda al Archivo Real y General de Navarra
iniciadas en 1929 y continuadas en 1993. Esto no supone en ningún caso la renuncia a
la titularidad de los documentos y expedientes objeto del presente convenio por parte del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, que podrá reclamar la documentación en el
momento que lo estime necesario. La documentación es histórica y su contenido figura
en el inventario realizado al efecto.
Los documentos incluidos en el ámbito de aplicación de este convenio serán de libre
acceso salvo cuando les afecte alguna de las limitaciones previstas en la Constitución y
en las Leyes.
Segunda.
Servicio de los documentos y expedientes depositados.
La documentación estará siempre a disposición de la Delegación Especial de
Economía y Hacienda que, en caso de que se estime necesario, podrá solicitar
directamente al Archivo Real y General de Navarra, cumpliendo las formalidades del
préstamo administrativo de documentos, cuantos antecedentes obren en ella con el
objeto de documentar los procedimientos. Igualmente, el Ministerio de Hacienda y
Función Pública podrá decidir la realización de los trabajos de naturaleza archivística que
estime necesario
El Archivo Real y General de Navarra podrá facilitar la consulta de documentos y
expedientes a los investigadores, siempre y cuando el contenido de los mismos no
contravenga los plazos fijados por el artículo 57.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del
Patrimonio Histórico Español. En el caso de que se solicite el acceso a documentación
objeto de protección en razón de su antigüedad, la petición de acceso deberá ser
informada por el Grupo de Trabajo para la Coordinación de Archivos del Ministerio de
Hacienda y Función Pública.
Tratamiento archivístico de los documentos y expedientes depositados.
El Archivo Real y General de Navarra podrá establecer los criterios archivísticos que
considere necesarios a la documentación: organización, descripción y/o conservación;
así como para su difusión mediante la publicación de instrumentos de descripción en
cualquier clase de soporte, así como su tratamiento tecnológico y divulgación mediante
bases de datos de carácter y contenido archivístico.
Si el Archivo Real y General de Navarra realiza propuestas de eliminación de
documentos y expedientes contenidos en el presente convenio y sin valor histórico,
deben ser autorizadas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En el caso de que el Ministerio de Hacienda y Función Pública recomiende con
carácter general la eliminación de series documentales comunes a toda la estructura
territorial del Departamento, el Archivo Real y General de Navarra podrá decidir o no su
aplicación sobre aquellas series que conserve como consecuencia del presente
convenio, comunicándolo en cualquier caso a los grupos de trabajo de coordinación
archivística de cada Departamento ministerial.
cve: BOE-A-2021-19762
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147953
del Ministerio de Hacienda y Función Pública y del Servicio de Asesoría Jurídica del
Gobierno de Navarra, sobre el proyecto.
CLÁUSULAS
Primera.
Objetivo del Convenio.
El objeto del presente convenio es la entrega en depósito por parte de la
Subsecretaría de Hacienda y Función Pública al Departamento de Cultura y Deporte del
Gobierno de Navarra, de las series documentales que conforman el Archivo Histórico de
la Delegación Especial de Economía y Hacienda de Navarra.
Con este depósito continúan las remesas de documentación enviadas por la
Delegación Especial de Economía y Hacienda al Archivo Real y General de Navarra
iniciadas en 1929 y continuadas en 1993. Esto no supone en ningún caso la renuncia a
la titularidad de los documentos y expedientes objeto del presente convenio por parte del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, que podrá reclamar la documentación en el
momento que lo estime necesario. La documentación es histórica y su contenido figura
en el inventario realizado al efecto.
Los documentos incluidos en el ámbito de aplicación de este convenio serán de libre
acceso salvo cuando les afecte alguna de las limitaciones previstas en la Constitución y
en las Leyes.
Segunda.
Servicio de los documentos y expedientes depositados.
La documentación estará siempre a disposición de la Delegación Especial de
Economía y Hacienda que, en caso de que se estime necesario, podrá solicitar
directamente al Archivo Real y General de Navarra, cumpliendo las formalidades del
préstamo administrativo de documentos, cuantos antecedentes obren en ella con el
objeto de documentar los procedimientos. Igualmente, el Ministerio de Hacienda y
Función Pública podrá decidir la realización de los trabajos de naturaleza archivística que
estime necesario
El Archivo Real y General de Navarra podrá facilitar la consulta de documentos y
expedientes a los investigadores, siempre y cuando el contenido de los mismos no
contravenga los plazos fijados por el artículo 57.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del
Patrimonio Histórico Español. En el caso de que se solicite el acceso a documentación
objeto de protección en razón de su antigüedad, la petición de acceso deberá ser
informada por el Grupo de Trabajo para la Coordinación de Archivos del Ministerio de
Hacienda y Función Pública.
Tratamiento archivístico de los documentos y expedientes depositados.
El Archivo Real y General de Navarra podrá establecer los criterios archivísticos que
considere necesarios a la documentación: organización, descripción y/o conservación;
así como para su difusión mediante la publicación de instrumentos de descripción en
cualquier clase de soporte, así como su tratamiento tecnológico y divulgación mediante
bases de datos de carácter y contenido archivístico.
Si el Archivo Real y General de Navarra realiza propuestas de eliminación de
documentos y expedientes contenidos en el presente convenio y sin valor histórico,
deben ser autorizadas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En el caso de que el Ministerio de Hacienda y Función Pública recomiende con
carácter general la eliminación de series documentales comunes a toda la estructura
territorial del Departamento, el Archivo Real y General de Navarra podrá decidir o no su
aplicación sobre aquellas series que conserve como consecuencia del presente
convenio, comunicándolo en cualquier caso a los grupos de trabajo de coordinación
archivística de cada Departamento ministerial.
cve: BOE-A-2021-19762
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.