III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-19626)
Resolución de 8 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Comunidad de Madrid, para el intercambio de datos de los beneficiarios en la Comunidad de Madrid en el marco del control de subvenciones a los seguros agrarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Sábado 27 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 146149

Sexto.
Que la subvención de la Administración General del Estado al Seguro Agrario será
compatible con las subvenciones que establezcan las comunidades autónomas con la
misma finalidad, siempre que el importe conjunto de dichas subvenciones no supere la
intensidad máxima establecida en la normativa de la Unión Europea en materia de
ayudas estatales que le sea de aplicación, según se recoge en el Anexo I del Real
Decreto 425/2016, de 11 de noviembre.
Séptimo.
Que el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
otorga a esta, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica
general y la política monetaria del Estado, la competencia en materia de agricultura,
ganadería e industrias agroalimentarias; así como, de conformidad con el artículo 28.1.3,
la ejecución de la legislación del Estado en materia de crédito, banca y seguros, de
acuerdo con las previsiones de las reglas 6.º, 11.º y 13.º de la apartado 1 del artículo 149
de la Constitución. El Decreto 278/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad modificado por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid y en el que la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura asume las competencias atribuidas hasta la fecha a la Consejería
de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, concede a la Consejería
competencias en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural entre otras y,
concretamente, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación las competencias en materia de promoción de los seguros agrarios.
Octavo.
Que ENESA podrá celebrar convenios de colaboración con otros organismos
públicos y con las comunidades autónomas para el intercambio de información relativa a
las pólizas contratadas.
Noveno.
Que es del interés de las partes colaborar en establecer un mecanismo de
intercambio permanente de información en aras de mejorar y agilizar, en el marco de sus
competencias, los procedimientos de gestión y control de las subvenciones en materia
de seguros agrarios.
Décimo.
Que dicha colaboración se articula mediante un convenio que se ajusta al régimen
jurídico establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto definir los términos y las condiciones para llevar
a cabo el intercambio de datos entre las partes en lo relativo a la gestión de la base de
datos CIAS y al procedimiento de control de las subvenciones a los seguros agrarios.

cve: BOE-A-2021-19626
Verificable en https://www.boe.es

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se
regirá por las siguientes