II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios docentes en el exterior. (BOE-A-2021-19547)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Méritos
3.4 Cursos sobre las nuevas tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la
educación, perfeccionados con posterioridad al 1 de enero de 2003, organizados por este Ministerio,
por las Consejerías de las Comunidades Autónomas que tengan atribuidas competencias en materia
educativa o por instituciones sin ánimo de lucro, que hayan sido homologados o reconocidos por las
Administraciones precitadas, así como los organizados por las Universidades.
– Por su dirección, coordinación o impartición:
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 8 horas de curso. A estos efectos se sumarán las horas de todos
los cursos, no puntuándose el resto del número de horas inferiores a 8. Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.
– Por su superación:
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 12 horas de curso. A estos efectos se sumarán las horas de todos
los cursos, no puntuándose el resto del número de horas inferiores a 12. Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.
Puntos
Hasta 1,00
Observaciones
Sec. II.B. Pág. 145793
Documentación justificativa
Copia del certificado expedido por la entidad organizadora de los mismos en el que conste
de modo expreso el número de horas de duración del curso o de la actividad, con
indicación de la fecha de término o bien extracto del registro de formación de la
Administración educativa correspondiente, en el que consten estos datos.
En el caso de los organizados por las instituciones sin ánimo de lucro, en el caso de que no
estén reconocidos en el extracto del Registro de formación, deberá acreditarse de manera
fehaciente,
su reconocimiento u homologación, mediante diligencia de la Administración educativa
correspondiente o certificado de inscripción en el Registro de Formación de la
Administración educativa correspondiente.
cve: BOE-A-2021-19547
Verificable en https://www.boe.es
Por este subapartado 3.4. se valorarán lo cursos relacionados con alguno de los siguientes aspectos:
• La pedagogía digital y el uso didáctico de las TIC.
• Uso didáctico de la Web 2.0 y de Internet.
• Utilización didáctica de plataformas virtuales de aprendizaje.
• Aplicaciones de gestión de centros educativos y de clases.
• Programas y aplicaciones ofimáticos y telemáticos.
• Pizarra digital interactiva.
• Herramientas de autor para la elaboración de aplicaciones didácticas interactivas.
• Edición de fotografía, audio y vídeo.
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Méritos
3.4 Cursos sobre las nuevas tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la
educación, perfeccionados con posterioridad al 1 de enero de 2003, organizados por este Ministerio,
por las Consejerías de las Comunidades Autónomas que tengan atribuidas competencias en materia
educativa o por instituciones sin ánimo de lucro, que hayan sido homologados o reconocidos por las
Administraciones precitadas, así como los organizados por las Universidades.
– Por su dirección, coordinación o impartición:
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 8 horas de curso. A estos efectos se sumarán las horas de todos
los cursos, no puntuándose el resto del número de horas inferiores a 8. Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.
– Por su superación:
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 12 horas de curso. A estos efectos se sumarán las horas de todos
los cursos, no puntuándose el resto del número de horas inferiores a 12. Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.
Puntos
Hasta 1,00
Observaciones
Sec. II.B. Pág. 145793
Documentación justificativa
Copia del certificado expedido por la entidad organizadora de los mismos en el que conste
de modo expreso el número de horas de duración del curso o de la actividad, con
indicación de la fecha de término o bien extracto del registro de formación de la
Administración educativa correspondiente, en el que consten estos datos.
En el caso de los organizados por las instituciones sin ánimo de lucro, en el caso de que no
estén reconocidos en el extracto del Registro de formación, deberá acreditarse de manera
fehaciente,
su reconocimiento u homologación, mediante diligencia de la Administración educativa
correspondiente o certificado de inscripción en el Registro de Formación de la
Administración educativa correspondiente.
cve: BOE-A-2021-19547
Verificable en https://www.boe.es
Por este subapartado 3.4. se valorarán lo cursos relacionados con alguno de los siguientes aspectos:
• La pedagogía digital y el uso didáctico de las TIC.
• Uso didáctico de la Web 2.0 y de Internet.
• Utilización didáctica de plataformas virtuales de aprendizaje.
• Aplicaciones de gestión de centros educativos y de clases.
• Programas y aplicaciones ofimáticos y telemáticos.
• Pizarra digital interactiva.
• Herramientas de autor para la elaboración de aplicaciones didácticas interactivas.
• Edición de fotografía, audio y vídeo.