III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-19469)
Resolución de 12 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Pegaso Solar, de 79,99 MWp/79,046 MWn y sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de Valladolid y La Mudarra (Valladolid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 144862

Desde la mencionada SET discurre una nueva línea subterránea de alta tensión
en 66 kV, que con una longitud de 4.253 m conectará con la SET de nueva construcción,
SET «Oliva» 66/400 kV. Esta línea discurrirá la mayor parte de su longitud por caminos
existentes, con los cables en el interior de tubos enterrados dispuestos a tresbolillo y
embebidos en un prisma de hormigón (3.155 m), y también bajo tubos directamente
enterrados (1.098 m). El trazado ocupará terrenos pertenecientes a los municipios de
Valladolid y La Mudarra.
La SET Oliva es una subestación compartida por varios promotores, concretamente
según información obrante en el expediente conecta las siguientes instalaciones:








Planta Fotovoltaica Navabuena Solar, SL, de 421,92 MWn.
Planta Fotovoltaica Andarríos Solar, 50, de 41 MWn.
Planta Fotovoltaica Pegaso Solar, de 69,71 MWn.
Planta Fotovoltaica Mudarra I, Abei Energy, SL, de 47,7 MWn.
Planta Fotovoltaica Mudarra II, Abei Energy, SL, de 47,7 MWn.
Parque Eólico Mudarra I, Abei Energy, SL, de 50 MWn.
Parque Eólico Mudarra II, Abei Energy, SL, de 50 MWn.

Esta estación a su vez estará situada en las proximidades de la SET «Mudarra»,
propiedad de Red Eléctrica España y punto de entrega de la energía. La conexión con la
SET «Mudarra» se realizará por medio de una línea subterránea de 400 kV de 309 m de
longitud.
2.

Tramitación del procedimiento

Con fecha de 15 de octubre 2020, la Dirección General de Política Energética y
Minas comunicó al Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Castilla
y León que iniciara la «Tramitación de Autorización Administrativa Previa, Autorización
Administrativa de Construcción, Declaración de Impacto Ambiental, y Reconocimiento de
Utilidad Pública de este proyecto». El 26 de mayo de 2021, se recibe en esta Dirección
General, el expediente que incluye el resultado del trámite previo de información pública
y de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
En el análisis del trámite de consultas, se detectó que el informe del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valladolid excluía una parte del proyecto,
concretamente, la parte correspondiente a la SET «Oliva» y su conexión con la SET
«Mudarra», por lo que se realizó una consulta directa al mencionado Servicio el 28 de
junio de 2021, recibiendo la oportuna respuesta el 21 de septiembre de 2021.
Durante el análisis técnico del expediente, se estimó la necesidad de requerir al
promotor un estudio adicional de efectos sinérgicos y acumulativos dada la proliferación
de proyectos de energías renovables entorno al nudo de La Mudarra. Dicha petición se
realizó mediante oficio de 27 de agosto de 2021, presentando el promotor el
correspondiente estudio el 4 de octubre de 2021.
Finalmente, analizada la documentación por parte de este órgano ambiental y
considerando que está completa se procede al análisis técnico del expediente.
Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas: En el análisis de alternativas, la denominada
«Alternativa 0» correspondiente a la no ejecución de proyecto no se plantea, ya que los
beneficios potenciales de este tipo de instalaciones, según el promotor, justifican la
ejecución del proyecto.
Respecto a las tecnologías de implantación y en lo que respecta a instalaciones fijas
o seguidores solares, queda patente que las primeras son menos eficientes que las
instalaciones que disponen de seguidores solares, que son sistemas de control de
posicionamiento que utilizan algoritmos de búsqueda para localizar el punto máximo de
energía para mejorar la eficiencia del sistema. Por consiguiente, se adopta la tecnología

cve: BOE-A-2021-19469
Verificable en https://www.boe.es

3.