I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Riesgos laborales. Prevención. (BOE-A-2021-19371)
Orden TES/1287/2021, de 22 de noviembre, por la que se adapta en función del progreso técnico el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. I. Pág. 144104

ofrece una explicación completa de su contenido. Por último, la norma es coherente con
el principio de eficiencia, dado que su aplicación no impone cargas administrativas.
Con esta orden se avanza en el cumplimiento de la meta 8.8. de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible, es decir, en proteger los derechos laborales y promover un
entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los
trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos
precarios.
La orden, en su elaboración, ha sido sometida a los trámites de información y
audiencia pública y han sido consultadas las organizaciones sindicales y empresariales
más representativas, así como las comunidades autónomas.
Esta orden se dicta en uso de la autorización conferida por la disposición final
segunda del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, que faculta a la Ministra de Trabajo
y Economía Social, previo informe favorable de la Ministra de Sanidad y previo informe
de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para las adaptaciones de
carácter estrictamente técnico de sus anexos en función del progreso técnico y de la
evolución de las normativas o especificaciones internacionales o de los conocimientos en
materia de agentes biológicos.
En su virtud, con el previo informe favorable de la Ministra de Sanidad y previo
informe de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con el
Consejo de Estado, dispongo:
Artículo único. Modificación de anexos del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo,
sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la
exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
El Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo,
queda modificado como sigue:
Uno.

El anexo I se sustituye por el siguiente:
«ANEXO I
Lista indicativa de actividades
Nota previa:

1. Trabajos en centros de producción de alimentos.
2. Trabajos agrarios.
3. Actividades en las que existe contacto con animales o con productos de
origen animal.
4. Trabajos de asistencia sanitaria, comprendidos los desarrollados en
servicios de aislamiento y de anatomía patológica.
5. Trabajos en laboratorios clínicos, veterinarios, de diagnóstico y de
investigación, con exclusión de los laboratorios de diagnóstico microbiológico.
6. Trabajos en unidades de eliminación de residuos.
7. Trabajos en instalaciones depuradoras de aguas residuales.»

cve: BOE-A-2021-19371
Verificable en https://www.boe.es

Cuando la evaluación de riesgos muestre una exposición no intencionada a
agentes biológicos, puede ser necesario tomar en consideración otras actividades
no incluidas en el presente anexo.