III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2021-19461)
Orden ICT/1292/2021, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del "Programa Innova Invest" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 144818

2.º) Impacto sobre el mantenimiento de empleo (5 puntos). Para valorar este
subcriterio se tendrá en cuenta la intensidad del proyecto de inversión para generar
carga de trabajo entre trabajadores ya integrantes de la plantilla de la empresa. Se
valorará positivamente la participación de trabajadores cualificados y de carácter
indefinido.
3.º) Impacto sobre la brecha de género (5 puntos). Se valorará con 5 puntos que
los salarios ante las mismas responsabilidades fueran similares para hombres y mujeres.
Para acreditarlo, el solicitante podrá presentar el Registro Retributivo de la empresa o
cualquier otro documento que así lo acredite.
b) Inversión en recursos tecnológicos dedicados a la I+D (20 puntos). Para valorar
este criterio se tendrá en cuenta el volumen de inversión del mismo. Se valorará
positivamente el gasto en partidas con un alto componente de I+D como los relacionados
con patentes o licencias. Se valorará tanto que el proyecto parta de una patente o
licencia adquirida, como que el resultado del mismo sea objeto de patente o licencia.
c) Fomento de los acuerdos de colaboración con agentes públicos y privados (15
puntos). Para este criterio se valorará la contribución tecnológica que realicen al proyecto
otros agentes que operen en España, tanto privados como públicos. La colaboración se
valorará tanto por el peso de los trabajos que recaigan sobre el agente colaborador,
como por la calidad tecnológica de los mismos. Para acreditar dicha colaboración se
podrán presentar cartas de intenciones, acuerdos y otros documentos que detallen los
trabajos que va a llevar a cabo con los colaboradores.
d) Continuidad en la realización de actividades de I+D (15 puntos). Para este
criterio se valorará la contribución a largo plazo del proyecto a la realización de
actividades de I+D en España por parte de la empresa beneficiaria y, en su caso, de su
grupo. Esta valoración se realizará mediante la debida constatación de planes del titular
extranjero para la realización de nuevas actividades de I+D en España a raíz de la
realización del proyecto para el que se solicita financiación, en particular los planes para
la apertura de nuevos centros en los que realizar proyectos futuros de I+D.
e) Contribución a la transición verde y transformación digital (20 puntos).
1.º) Contribución a la transición verde (10 puntos). Para este criterio se valorará la
contribución del proyecto a la transición verde de acuerdo con el Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles.
2.º) Contribución a la transformación digital (10 puntos). Para valorar la contribución
del proyecto a la transformación digital se tendrán en cuenta la innovación digital
incorporada en el proyecto; la intensidad en el uso de tecnologías digitales; así como el
impacto de dichas tecnologías sobre otros sectores y el conjunto de la sociedad.
Instrucción y evaluación del procedimiento.

1. La instrucción y ordenación del procedimiento de concesión de las subvenciones,
conforme al artículo 11, corresponde al Departamento de Financiación a la Investigación
e Innovación en la Dirección Ejecutiva de Invest in Spain de ICEX, el cual realizará de
oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de
resolución.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y una vez comprobado el
cumplimiento de los requisitos, el órgano instructor publicará en las páginas web de
ICEX e Invest in Spain (www.icex.es y www.investinspain.org) una relación provisional de
admitidos que han presentado su solicitud en tiempo y forma y que, por tanto, pasarán a
la fase de evaluación.
De igual forma y en el mismo momento, el órgano instructor publicará en las páginas
web de ICEX e Invest in Spain (www.icex.es y www.investinspain.org) una relación
provisional de excluidos con las causas de exclusión de cada uno de ellos para que los

cve: BOE-A-2021-19461
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Artículo 19.