I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. (BOE-A-2021-19307)
Real Decreto 1041/2021, de 23 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito; y el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por el que se modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de noviembre de 2021

Sec. I. Pág. 143913

comunicación de 24 de noviembre de 2015, «Hacia la culminación de la Unión Bancaria»
en relación con la presentación de una propuesta legislativa que permitiera la aplicación
en el Derecho de la Unión de la norma TLAC antes de la fecha límite de 2019 acordada
a nivel internacional.
Así, el Consejo de la Unión y el Parlamento Europeo han aprobado los actos
jurídicos oportunos.
Por un lado, en relación con el Reglamento y la Directiva de Recuperación y
Resolución Bancaria, se aprobó el Reglamento (UE) 2019/877 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 20 de mayo de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE)
n.º 806/2014 en lo que se refiere a la capacidad de absorción de pérdidas y de
recapitalización para las entidades de crédito y las empresas de inversión; y la Directiva
(UE) 2019/879 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, por la
que se modifica la Directiva 2014/59/UE en relación con la capacidad de absorción de
pérdidas y de recapitalización de las entidades de crédito y empresas de servicios de
inversión, así como la Directiva 98/26/CE.
Por otro lado, en relación con el Reglamento y la Directiva de Requisitos de Capital,
se aprobó el Reglamento (UE) 2019/876 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 20 de mayo de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 575/2013 en lo
que se refiere a la ratio de apalancamiento, la ratio de financiación estable neta, los
requisitos de fondos propios y pasivos admisibles, el riesgo de crédito de contraparte, el
riesgo de mercado, las exposiciones a entidades de contrapartida central, las
exposiciones a organismos de inversión colectiva, las grandes exposiciones y los
requisitos de presentación y divulgación de información, y el Reglamento (UE)
n.º 648/2012; y la Directiva (UE) 2019/878 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 20 de mayo de 2019, por la que se modifica la Directiva 2013/36/UE en lo que
respecta a los entes exentos, las sociedades financieras de cartera, las sociedades
financieras mixtas de cartera, las remuneraciones, las medidas y las facultades de
supervisión y las medidas de conservación del capital.
La norma TLAC, aplicable a las entidades de importancia sistémica mundial se
introduce en el Reglamento de Requisitos de Capital a través del Reglamento (UE)
2019/876, de 20 de mayo de 2019, a pesar de constituir un instrumento de resolución
encaminado a consagrar el principio de «bail-in» –sistema de resolución basada en la
recapitalización interna de las entidades– frente al «bail-out» –sistema de resolución
basado en el empleo de fondos públicos–.
Dado que la norma TLAC y el MREL persiguen el mismo objetivo de garantizar que
las entidades establecidas en la Unión dispongan de una capacidad de absorción de
pérdidas y de recapitalización suficiente, ambos requisitos deben ser elementos
complementarios de un marco común. Esto ha requerido que el marco del MREL
presente en la Directiva de Recuperación y Resolución Bancaria se adapte a través de la
Directiva (UE) 2019/879, de 20 de mayo de 2019.
IV
Partiendo de todas estas consideraciones, este real decreto, de naturaleza
modificativa, está llamado a completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/879,
de 20 de mayo de 2019, al ordenamiento jurídico español, para lo que se introducen las
modificaciones oportunas en el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, por el que
se desarrolla la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades
de crédito y empresas de servicios de inversión, y por el que se modifica el Real
Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de
entidades de crédito. En particular, este real decreto hace uso de la habilitación
concedida por el legislador para desarrollar determinados preceptos de la Ley 11/2015,
18 de junio, que, por su carácter eminentemente técnico, quedan mejor incardinados en
el ejercicio de la potestad reglamentaria del Gobierno. Así, esta norma toma como base
las obligaciones genéricas contenidas en la Ley 11/2015, de 18 de junio, como por

cve: BOE-A-2021-19307
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Núm. 281