III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-16917)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de El Rosario-Área Metropolitana de Santa Cruz de Tenerife, por la que se suspende la inscripción de un acta notarial de expediente de dominio para la inmatriculación de finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 126935

V
La registradora de la Propiedad de El Rosario-Área Metropolitana de Santa Cruz de
Tenerife, emitió informe ratificando la calificación en todos sus extremos y elevó el
expediente a esta Dirección General.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 198, 199, 201 y 203 de la Ley Hipotecaria; la disposición
adicional segunda de la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria
aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de
Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo; los
artículos 202 y 206 del Reglamento Notarial, y las Resoluciones de la Dirección General
de los Registros y del Notariado de 5 de marzo de 2012, 19 de julio, 28 de noviembre
y 20 de diciembre de 2016, 16 de enero, 3 y 6 de abril y 7 de noviembre de 2017 y 23 de
abril y 12 de junio de 2018.
1. Es objeto de este expediente decidir si es inscribible un expediente de dominio
notarial para la inmatriculación de finca.
La registradora opone como defecto que no son correctas las notificaciones
realizadas a dos colindantes, al haberse realizado tres intentos infructuosos por correo y
publicado un edicto que no consta dirigido nominalmente a los notificados.
En cuanto al primer defecto, aclara la registradora en su informe que (pese a la cita
en la nota de calificación del artículo 202 del Reglamento Notarial) no pretende referirse
a la necesidad de que el notario se persone en el domicilio de los notificados para
efectuar la notificación -como entiende el recurrente-, sino a la insuficiencia de los tres
intentos infructuosos.
Por tanto, el objeto de debate queda centrado en el segundo defecto relativo a la
notificación edictal.
2. La cuestión de las notificaciones previstas en los expedientes de los
artículos 201, 203 y 208 de la Ley Hipotecaria ha sido ya tratada por esta Dirección
General en diversas Resoluciones (cfr. «Vistos»).
En primer lugar, debe recordarse, como se indicó en la Resoluciones de 19 de julio
de 2016 o 28 de noviembre de 2016 (entre otras), que el objeto de la intervención de los
titulares colindantes en los procedimientos de concordancia del Registro con la realidad
física es evitar que puedan lesionarse sus derechos y en todo caso que se produzcan
situaciones de indefensión, asegurando, además que puedan tener acceso al registro
situaciones litigiosas o que puedan generar una doble inmatriculación, siquiera parcial.
El artículo 203.1 de la Ley Hipotecaria en su apartado quinto dispone:
«Recibida la comunicación del Registro acreditativa de la extensión de la anotación,
acompañada de la correspondiente certificación, el Notario notificará la pretensión de
inmatriculación, en la forma prevenida reglamentariamente, a todos aquellos que, de la
relación de titulares contenida en el escrito acompañado a la solicitud, resulten
interesados como titulares de cargas, derechos o acciones que puedan gravar la finca
que se pretende inmatricular, a aquel de quien procedan los bienes o sus
causahabientes, si fuesen conocidos, al titular catastral y al poseedor de hecho de la
finca, así como al Ayuntamiento en que esté situada la finca y a la Administración titular
del dominio público que pudiera verse afectado, para que puedan comparecer en el
expediente y hacer valer sus derechos. Asimismo, insertará un edicto comunicando la
tramitación del acta para la inmatriculación en el «Boletín Oficial del Estado», que lo
publicará gratuitamente. Potestativamente el Notario, atendidas las circunstancias del
caso, podrá ordenar la publicación del edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
también de forma gratuita. En la notificación se hará constar:

cve: BOE-A-2021-16917
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 249