III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-16917)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de El Rosario-Área Metropolitana de Santa Cruz de Tenerife, por la que se suspende la inscripción de un acta notarial de expediente de dominio para la inmatriculación de finca.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 126933

Contra la precedente nota (…)
El Rosario, a 15 de abril de 2021. La registradora (firma ilegible) Fdo.: María Azucena
Morales González».
III
Solicitada calificación sustitutoria, correspondió la misma al registrador de la
Propiedad de Puerto de la Cruz, don Ángel Borja Ureta García, quien resolvió, en
fecha 19 de mayo de 2021, confirmar la calificación de la registradora de la Propiedad de
El Rosario-Área Metropolitana de Santa Cruz de Tenerife.
IV
Contra la nota de calificación sustituida, don Alfonso de la Fuente Sancho, notario de
San Cristóbal de La Laguna, interpuso recurso día 21 de junio de 2021 mediante escrito
en el que alegaba lo siguiente:
«Son dos los defectos observados:
1.º Sostiene la registradora en el primer defecto que, a pesar de haberse intentado
la notificación por Correos hasta en tres ocasiones a dos de las colindantes, el notario
debe de ir personalmente al domicilio de las notificadas e intentar una nueva notificación,
conforme a lo dispuesto en el artículo 202 del Reglamento Notarial.
2.º En cuanto al segundo defecto, considera que no se ha realizado la notificación
adecuadamente en el BOE porque en el apartado final del Edicto, la fórmula que se
utiliza es la de que se notifica a cualquier interesado en el expediente y, suponemos
(aunque no lo expresa), que considera que la fórmula final a emplear debería dirigirse
nominativamente a esos colindantes reiterando nuevamente sus nombres y apellidos.
El recurso se basa en los siguientes,
Fundamentos de Derecho:
(…)
En cuanto al primer defecto, el artículo 206 del Reglamento Notarial dispone que las
notificaciones y requerimientos se practicarán conforme a lo dispuesto en las normas
que establezcan una regulación específica y no serán de aplicación los artículos 202 del
Reglamento Notarial y concordantes.
En este caso la regulación específica, es la establecida en el título VI de la Ley
Hipotecaria, en particular en los artículos 203 y 199 de la Ley Hipotecaria, tal y como
reconoció la Dirección General en su Resolución de 23 de Abril de 2018.
De dicha normativa especial resulta que el notario debe de hacer un doble intento de
notificación a través del servicio de Correos y en caso de ser infructuoso hacer la
notificación mediante la inserción de un edicto en el BOE.
Sin embargo, de la legislación especial aplicable citada no resulta que el notario
tenga que intentar la notificación desplazándose al domicilio de los notificados, pues no
es de aplicación el artículo 202 del Reglamento Notarial, de la misma forma que tampoco
se tienen que desplazar personalmente los registradores cuando practican notificaciones
en la tramitación de expedientes bajo la misma norma, como en el caso de los regulados
en el artículo 199 LHPor tanto la posición de la registradora (y del registrador sustituto) carece de apoyo
legal que fundamente este defecto y además resulta de una asimetría paradójica en
cuanto a la forma de practicar las notificaciones los notarios y los registradores. en sede
de expedientes inmobiliarios de la Ley Hipotecaria
En cuanto al segundo defecto:

cve: BOE-A-2021-16917
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 249