III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-16835)
Resolución de 5 de octubre de 2021, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de salud mental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Sábado 16 de octubre de 2021

Segunda.

Sec. III. Pág. 126458

Proyecto de investigación.

El convenio se concreta en la colaboración conjunta a través de una línea de
investigación mediante la aportación de fondos del CIBER a la UCM para la realización
del proyecto de Investigación denominado «Investigación en Psiquiatría Traslacional»
(en adelante Proyecto) que se adjunta en el Anexo I del presente Convenio.
Tercera. Ayudas económicas.
a) Las aportaciones económicas que se efectúen por parte del CIBER se
destinarán exclusivamente a la realización del Proyecto.
b) La colaboración en el Proyecto, se traducirá en la financiación de una cuantía
total de veintitrés mil setecientos un euros con un céntimo (23.701,01 €).
c) Del mismo modo, la UCM aportará el uso de los medios técnicos e
infraestructuras científicas para el Proyecto y realizará las funciones descritas en el
anexo del convenio, en concreto; Identificar cambios moleculares en el intestino, boca y
BHE. Identificar diferentes LPS y sus sitios y mecanismos de interacción con la BHE en
estos modelos e identificar los cambios celulares, así como los componentes intra e
intercelulares de esta interacción. Y explorar posibilidades terapéuticas, como diferentes
enfoques antibióticos/antisépticos, para restringir los procesos neuroinflamatorios y sus
efectos negativos sobre el SNC.
Cuarta. Comisión de seguimiento y evaluación del Convenio.
1. La composición de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Convenio será
la siguiente:
A)

En representación del CIBER:

– El Gerente del CIBER, o persona en quien delegue.
– El/La responsable de convenios del CIBER, o persona en quien delegue.
– Un Investigador Principal del CIBER o persona en quien delegue.
B)

En representación de la UCM:

– Vicerrector/a con competencias en la materia, o persona en quien delegue.
– Decano de la Facultad de Medicina, o persona en quien delegue.
– El Investigador principal del proyecto, o persona en quien el delegue.
2. La presidencia de la Comisión se decidirá en la primera reunión. Las funciones
de la Comisión de Seguimiento no supondrán un desarrollo del convenio ni afectarán a
su contenido mínimo y esencial.
3. El funcionamiento de este órgano paritario y colegiado se adecuará a lo indicado
en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.

La cantidad que el CIBER transferirá a la UCM es por un importe de veintitrés mil
setecientos un euros con un céntimo (23.701,01 €). Se hará efectiva en la cuenta
recaudatoria de la UCM ES12 2038 5837 92 6000612944 de BANKIA, indicando
«Programa de Investigación en Psiquiatría traslacional». El importe pondrá a disposición
del centro gestor y estará sometido a las retenciones de acuerdo con las Normas de
Ejecución del Presupuesto de la UCM.
Dicha cuantía no incluye IVA pues las cantidades a aportar no lo son en concepto de
contraprestación directa y equivalente a los servicios a prestar por la UCM, sino que
tienen como finalidad coadyuvar a la consecución del objeto común y a los fines del
presente convenio establecidos en las cláusulas primera y segunda.

cve: BOE-A-2021-16835
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Obligaciones de las partes.