III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2021-16829)
Orden TES/1121/2021, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 16 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126419
Dicha justificación incluirá la siguiente documentación que deberá presentar la
entidad beneficiaria para justificar los objetivos e hitos a los que se da cumplimiento con
la ayuda concedida, de conformidad con los mecanismos de verificación establecidos al
efecto:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos. La memoria incluirá:
1.º Certificación del itinerario individualizado realizado por las participantes que
obtengan la condición de atendidas, indicando las actuaciones que lo han configurado,
sus fechas de realización, su orientación al desarrollo de competencias y empleos
verdes, su orientación al desarrollo de competencias y empleos digitales, los municipios
en los que se ha llevado a cabo y el número de participantes que han alcanzado esta
consideración, así como el número y porcentaje de participantes en competencias y
empleos verdes y el número y porcentaje de participantes en competencias y empleos
digitales.
2.º Certificación acreditativa de los contratos formalizados y de los establecimientos
como trabajadoras autónomas o por cuenta propia por las participantes que hayan
logrado la condición de insertadas, precisando el número y porcentaje de participantes
que han alcanzado esta consideración, así como el número y porcentaje de empleos
verdes y el número y porcentaje de empleos digitales de entre el total de los
conseguidos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas en
función de los resultados obtenidos, que contendrá, como mínimo los siguientes
extremos:
1.º Acreditación o declaración por el beneficiario del número de unidades físicas
consideradas como módulos, de conformidad con lo previsto en el artículo 7,
especificando a este fin:
Número de participantes con la consideración de atendidas, de acuerdo a lo
especificado en el artículo 4.2.
Número y porcentaje de participantes atendidas que alcancen la consideración de
insertadas por cuenta ajena, según lo especificado en el artículo 4.3.
Número y porcentaje de participantes atendidas que alcancen la consideración de
insertadas por cuenta propia, según lo especificado en el artículo 4.3.
Asimismo, se especificará:
Número y porcentaje de participantes en un itinerario individualizado orientado al
desarrollo de competencias y empleos verdes.
Número y porcentaje de participantes en un itinerario individualizado orientado al
desarrollo de competencias y empleos digitales.
2.º Cuantía global de la subvención justificada, calculada sobre la base de las
actividades cuantificadas en la memoria de actuación presentada y los módulos
contemplados en el artículo 7, según el sistema de cálculo y cuantificación mediante
módulos establecido en dicho artículo. La liquidación de la subvención se realizará en
función de las participantes que obtengan la condición de atendidas, así como de las
que alcancen la condición de insertadas. En ningún caso la liquidación podrá superar
la cuantía de la subvención inicialmente concedida. El cálculo se realizará
considerando el número de participantes que obtengan la condición de atendidas por
el módulo económico correspondiente, así como de las que alcancen la condición de
insertadas, por cuenta propia y por cuenta ajena, por el módulo económico
correspondiente en cada caso.
cve: BOE-A-2021-16829
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 248
Sábado 16 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126419
Dicha justificación incluirá la siguiente documentación que deberá presentar la
entidad beneficiaria para justificar los objetivos e hitos a los que se da cumplimiento con
la ayuda concedida, de conformidad con los mecanismos de verificación establecidos al
efecto:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos. La memoria incluirá:
1.º Certificación del itinerario individualizado realizado por las participantes que
obtengan la condición de atendidas, indicando las actuaciones que lo han configurado,
sus fechas de realización, su orientación al desarrollo de competencias y empleos
verdes, su orientación al desarrollo de competencias y empleos digitales, los municipios
en los que se ha llevado a cabo y el número de participantes que han alcanzado esta
consideración, así como el número y porcentaje de participantes en competencias y
empleos verdes y el número y porcentaje de participantes en competencias y empleos
digitales.
2.º Certificación acreditativa de los contratos formalizados y de los establecimientos
como trabajadoras autónomas o por cuenta propia por las participantes que hayan
logrado la condición de insertadas, precisando el número y porcentaje de participantes
que han alcanzado esta consideración, así como el número y porcentaje de empleos
verdes y el número y porcentaje de empleos digitales de entre el total de los
conseguidos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas en
función de los resultados obtenidos, que contendrá, como mínimo los siguientes
extremos:
1.º Acreditación o declaración por el beneficiario del número de unidades físicas
consideradas como módulos, de conformidad con lo previsto en el artículo 7,
especificando a este fin:
Número de participantes con la consideración de atendidas, de acuerdo a lo
especificado en el artículo 4.2.
Número y porcentaje de participantes atendidas que alcancen la consideración de
insertadas por cuenta ajena, según lo especificado en el artículo 4.3.
Número y porcentaje de participantes atendidas que alcancen la consideración de
insertadas por cuenta propia, según lo especificado en el artículo 4.3.
Asimismo, se especificará:
Número y porcentaje de participantes en un itinerario individualizado orientado al
desarrollo de competencias y empleos verdes.
Número y porcentaje de participantes en un itinerario individualizado orientado al
desarrollo de competencias y empleos digitales.
2.º Cuantía global de la subvención justificada, calculada sobre la base de las
actividades cuantificadas en la memoria de actuación presentada y los módulos
contemplados en el artículo 7, según el sistema de cálculo y cuantificación mediante
módulos establecido en dicho artículo. La liquidación de la subvención se realizará en
función de las participantes que obtengan la condición de atendidas, así como de las
que alcancen la condición de insertadas. En ningún caso la liquidación podrá superar
la cuantía de la subvención inicialmente concedida. El cálculo se realizará
considerando el número de participantes que obtengan la condición de atendidas por
el módulo económico correspondiente, así como de las que alcancen la condición de
insertadas, por cuenta propia y por cuenta ajena, por el módulo económico
correspondiente en cada caso.
cve: BOE-A-2021-16829
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 248