III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-16797)
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126316
Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, acordaron la celebración de
convenios de colaboración como mecanismo para garantizar el derecho a la información
de las mujeres víctimas de violencia de género a través del servicio telefónico de
información y asesoramiento.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene competencia en materia de
«Asistencia y Servicios Sociales», y «Protección y tutela de menores» según lo
dispuesto en los artículos 8.uno.30 y 8.uno.32, respectivamente, del Estatuto de
Autonomía de La Rioja aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, en su
redacción dada por la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero (BOE número 7, de 8 de
enero de 1999).
La Ley 3/2011, de 1 de marzo, de prevención, protección y coordinación institucional
en materia de violencia en La Rioja, en su artículo 28.a) señala que el Gobierno de La
Rioja contará con servicios de información accesibles para dar a conocer los derechos
que asisten a las víctimas de violencia.
Esta competencia ha sido desarrollada por la Ley 3/2011, de 1 de marzo, de
prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia en La Rioja,
en cuyo artículo 28.a) se reconoce a las mujeres víctimas de violencia de género el
derecho a la información sobre los distintos recursos de atención.
Para garantizar el derecho a la información, la Comunidad Autónoma de La Rioja
tiene el servicio telefónico 900 71 10 10.
Noveno.
Que el 26 de diciembre de 2012 se suscribió un Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Igualdad y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la prestación del
servicio telefónico 016 de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia
de género en garantía del derecho a la información reconocido en el artículo 18 de la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
violencia de género y que ha facilitado durante estos años el cumplimiento de los fines
de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración
General del Estado, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género, del actual Ministerio de Igualdad.
Décimo.
Que, dado el tiempo transcurrido desde el último convenio suscrito, los avances en el
panorama normativo nacional e internacional y los cambios y las mejoras introducidos
por las partes en la prestación del servicio 016 y en el servicio telefónico autonómico
antes aludidos, determinan la necesidad de formalizar un nuevo convenio adaptado a las
circunstancias actuales.
Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo convenio entre el
Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género y la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería de Servicios
Sociales y Gobernanza Pública para la derivación de llamadas de información y
asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
Duodécimo.
El presente texto se ha aprobado por Resolución de 9 de junio de 2021 del
Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, al entenderse incluida dicha
cve: BOE-A-2021-16797
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126316
Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, acordaron la celebración de
convenios de colaboración como mecanismo para garantizar el derecho a la información
de las mujeres víctimas de violencia de género a través del servicio telefónico de
información y asesoramiento.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene competencia en materia de
«Asistencia y Servicios Sociales», y «Protección y tutela de menores» según lo
dispuesto en los artículos 8.uno.30 y 8.uno.32, respectivamente, del Estatuto de
Autonomía de La Rioja aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, en su
redacción dada por la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero (BOE número 7, de 8 de
enero de 1999).
La Ley 3/2011, de 1 de marzo, de prevención, protección y coordinación institucional
en materia de violencia en La Rioja, en su artículo 28.a) señala que el Gobierno de La
Rioja contará con servicios de información accesibles para dar a conocer los derechos
que asisten a las víctimas de violencia.
Esta competencia ha sido desarrollada por la Ley 3/2011, de 1 de marzo, de
prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia en La Rioja,
en cuyo artículo 28.a) se reconoce a las mujeres víctimas de violencia de género el
derecho a la información sobre los distintos recursos de atención.
Para garantizar el derecho a la información, la Comunidad Autónoma de La Rioja
tiene el servicio telefónico 900 71 10 10.
Noveno.
Que el 26 de diciembre de 2012 se suscribió un Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Igualdad y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la prestación del
servicio telefónico 016 de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia
de género en garantía del derecho a la información reconocido en el artículo 18 de la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
violencia de género y que ha facilitado durante estos años el cumplimiento de los fines
de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración
General del Estado, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género, del actual Ministerio de Igualdad.
Décimo.
Que, dado el tiempo transcurrido desde el último convenio suscrito, los avances en el
panorama normativo nacional e internacional y los cambios y las mejoras introducidos
por las partes en la prestación del servicio 016 y en el servicio telefónico autonómico
antes aludidos, determinan la necesidad de formalizar un nuevo convenio adaptado a las
circunstancias actuales.
Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo convenio entre el
Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género y la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería de Servicios
Sociales y Gobernanza Pública para la derivación de llamadas de información y
asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
Duodécimo.
El presente texto se ha aprobado por Resolución de 9 de junio de 2021 del
Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, al entenderse incluida dicha
cve: BOE-A-2021-16797
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.