III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-16797)
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Viernes 15 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 126317

facultad en el ámbito del Acuerdo de Gobierno de 5 de noviembre de 2019, por el que se
delega en los Consejeros la competencia para aprobar los convenios y protocolos.
En virtud de lo expuesto, las partes
ACUERDAN
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre la Administración General
del Estado, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género del
Ministerio de Igualdad, y la Comunidad Autónoma de La Rioja a través de la Consejería
de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, para la prestación del servicio telefónico de
información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género, como garantía
del derecho a la información reconocido por el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004,
de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el
artículo 24 del Convenio de Estambul y de acuerdo con el artículo 20 y el artículo 28 de
la Ley 3/2011, de 1 de marzo, de prevención, protección y coordinación institucional en
materia de violencia en La Rioja.
Compromisos de las partes.

El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia
de Género, se compromete a derivar de forma automática cualquier llamada relativa a
violencia de género realizada al servicio telefónico 016 de información y asesoramiento
jurídico en materia de violencia de género desde al ámbito territorial de la Comunidad
Autónoma de La Rioja al servicio telefónico 900 71 10 10 de esta, con el fin de asegurar
la prestación del servicio público de información y asesoramiento jurídico en materia de
violencia de género, cualquiera que sea la información requerida, poniendo en
conocimiento de la persona usuaria el número al que se deriva la llamada y el órgano
administrativo que gestiona este número.
Las características técnicas del servicio telefónico 016 y del servicio telefónico 900
71 10 10 de la Comunidad Autónoma de La Rioja que cada parte establezca libremente
en uso de sus competencias serán las comunicadas por las partes firmantes, a través de
sus respectivas personas representantes, a la Comisión de Seguimiento prevista en la
cláusula quinta del presente convenio. En función de las características técnicas
comunicadas, la Comisión de Seguimiento acordará los términos y las condiciones
técnicas del procedimiento de derivación de llamadas entre ambos servicios telefónicos.
En todo caso, si la llamada realizada al servicio telefónico 016 precisa atención de
urgencia y emergencia se derivará inmediatamente al teléfono de emergencias 112 de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, comprometiéndose las partes a respetar en todo
caso la normativa aplicable en materia de protección de datos, conforme a lo señalado
en la cláusula sexta del presente convenio.
Por su parte, la Comunidad Autónoma de La Rioja a través de la Consejería de
Servicios Sociales y Gobernanza Pública, se compromete a derivar desde el servicio
telefónico 900 71 10 10 al servicio telefónico 016 cualquier llamada relativa a violencia de
género cuando sea necesario para garantizar la correcta atención de la llamada recibida
en función de los términos y las condiciones técnicas del procedimiento de derivación de
llamadas entre ambos servicios telefónicos acordados en la Comisión de Seguimiento
prevista en la cláusula quinta del presente convenio, en particular, cuando la llamada
recibida requiera ser atendida en idiomas, en medios específicos para personas con
discapacidad auditiva y/o del habla y en un horario determinado para recibir información
y asesoramiento jurídico que no estén cubiertos en el servicio telefónico 900 71 10 10.
Ambas partes garantizará la difusión conjunta del servicio telefónico 900 71 10 10 de
la Comunidad Autónoma de La Rioja y del servicio telefónico 016 en las actuaciones de
sensibilización, comunicación e información que realicen de sus respectivos servicios

cve: BOE-A-2021-16797
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.