II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2021-16722)
Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Viernes 15 de octubre de 2021

5.

Sec. II.B. Pág. 125547

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
5.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso selectivo, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
demás disposiciones vigentes.
5.5 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran
las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley citada en el apartado anterior.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, sita en la calle Alcalá 38, de
Madrid. Teléfonos: 91 335 49 32 y 91 335 48 12. Correo electrónico: SGPIPSSC@dgip.mir.es.
5.7 Por razones operativas y de eficacia práctica se designarán Unidades de
Colaboración Periférica de este Tribunal calificador en cada centro penitenciario.
La composición de estas Unidades será la siguiente:
Tres funcionarios del grupo A1 (un Funcionario del Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria y dos Funcionarios del Cuerpo Superior), pertenecientes a la plantilla del
centro penitenciario, designados por el Director, pudiendo ser él mismo siempre que
reúna los requisitos del grupo.
La designación de la Unidad de Colaboración Periférica por el Director del Centro
Penitenciario, se hará en virtud de resolución, que se publicará en cada centro
penitenciario donde se nombre y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno
que correspondan a esos centros.
De cada sesión de la Unidad de Colaboración se levantará la correspondiente acta,
que será firmada por todos los asistentes a la misma.
6.

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El Tribunal calificador publicará en los medios referidos en la base 1.1, la
relación que contenga la valoración provisional de méritos, con indicación de la
puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de
cinco días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para
efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de los méritos, procediéndose por parte de las
Unidades Periféricas de Colaboración a la entrevista de los candidatos.

7.1 Finalizadas las dos fases del proceso selectivo, se harán públicos los listados
definitivos, en los que se reflejará tanto la puntuación obtenida en la primera fase, como
la calificación obtenida en la entrevista. El número de aspirantes seleccionados podrá ser
superior al de las plazas convocadas.
Las Unidades de Colaboración Periférica, remitirán al Tribunal calificador del proceso
la propuesta de nombramiento, informando, en el caso de no ser la persona propuesta la
que ocupe el primer lugar del listado final, el motivo de tal circunstancia (por renuncia, o
por nombramiento en otros centros, etc.). Vistas las propuestas por el Tribunal, éste a su
vez, remitirá la propuesta de nombramiento al órgano gestor encargado de su
tramitación.

cve: BOE-A-2021-16722
Verificable en https://www.boe.es

7. Superación del proceso selectivo