II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2021-16722)
Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de octubre de 2021
3.
Sec. II.B. Pág. 125546
Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo que figura en el anexo III así como el anexo III bis de esta convocatoria.
3.2 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado http://
administracion.gob.es.
Las solicitudes serán dirigidas al centro penitenciario cuya vacante se solicita en
primer lugar.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.3 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.3.1 Título: Licenciado o Grado en Medicina o Licenciado en Medicina y Cirugía, y
el título de Médico Especialista en Medicina de Familia y Comunitaria o en Medicina
Interna o certificación que le habilite para el desempeño de las funciones de médico
general en el Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b)
del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.
3.3.2 Nacionalidad: Estarán obligados a presentar documentación acreditativa de la
nacionalidad, apartado 2.1.1, quienes se encuentren incluidos en el apartado c) o en el
apartado d).
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad, los
incluidos en el apartado a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en
el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de
los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las
condiciones que se alegan.
La no presentación de la documentación referida en el punto 3.3.1 y/o en el
punto 3.3.2, supondrá la exclusión del candidato.
3.3.3 Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se
valoren en la fase concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados
y que se recogen en el anexo I.
3.3.4 Anexo III bis de petición de plazas por orden priorizado.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, esta Subsecretaría
publicará la relación de aspirantes admitidos y excluidos, ordenada alfabéticamente, con
indicación de las causas de exclusión, número de documento de identidad o pasaporte,
señalando un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la
publicación de la relación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión. Esta relación se publicará al menos en los medios indicados en la base 1.1.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
cve: BOE-A-2021-16722
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
3.
Sec. II.B. Pág. 125546
Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo que figura en el anexo III así como el anexo III bis de esta convocatoria.
3.2 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado http://
administracion.gob.es.
Las solicitudes serán dirigidas al centro penitenciario cuya vacante se solicita en
primer lugar.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.3 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.3.1 Título: Licenciado o Grado en Medicina o Licenciado en Medicina y Cirugía, y
el título de Médico Especialista en Medicina de Familia y Comunitaria o en Medicina
Interna o certificación que le habilite para el desempeño de las funciones de médico
general en el Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b)
del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.
3.3.2 Nacionalidad: Estarán obligados a presentar documentación acreditativa de la
nacionalidad, apartado 2.1.1, quienes se encuentren incluidos en el apartado c) o en el
apartado d).
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad, los
incluidos en el apartado a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en
el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de
los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las
condiciones que se alegan.
La no presentación de la documentación referida en el punto 3.3.1 y/o en el
punto 3.3.2, supondrá la exclusión del candidato.
3.3.3 Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se
valoren en la fase concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados
y que se recogen en el anexo I.
3.3.4 Anexo III bis de petición de plazas por orden priorizado.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, esta Subsecretaría
publicará la relación de aspirantes admitidos y excluidos, ordenada alfabéticamente, con
indicación de las causas de exclusión, número de documento de identidad o pasaporte,
señalando un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la
publicación de la relación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión. Esta relación se publicará al menos en los medios indicados en la base 1.1.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
cve: BOE-A-2021-16722
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247