III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-16790)
Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y se procede a la convocatoria correspondiente al año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Apartado 2.
Sec. III. Pág. 126218
Memoria económica.
Apartado 2.a)
(Línea 1).
Memoria económica para el «Apoyo al funcionamiento de AEI»
Se detallarán los costes a que dé lugar la coordinación y gestión durante el ejercicio
para el que solicita la ayuda y de manera específica los relativos al:
1. Coste del personal técnico y administrativo involucrado directamente: Se
identificará con nombre y apellidos, describiendo además las funciones que
desempeñará, categoría profesional y justificación de su necesidad, así como su
valoración económica (número de horas, coste/hora y grupo de cotización del régimen
general de la Seguridad Social).
2. Gastos relativos a servicios necesarios para la gestión operativa de la entidad a
los que hace referencia el apartado d) del artículo 11 de la presente orden.
3. Coste de las colaboraciones externas, si existen: Se identificará la entidad
colaboradora con su denominación social y NIF, describiendo, además, las funciones que
desempeñará, categoría profesional y justificación de su necesidad, así como su
valoración económica (número de horas y coste/hora). Si el importe de la colaboración
externa supera las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, para el contrato menor, se deberán presentar como mínimo
tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales características no
exista en el mercado suficiente número de entidades que los presten, y la elección de la
oferta deberá estar justificada conforme a los criterios de eficiencia y economía.
4. Coste de los desplazamientos: Se describirá y justificará su necesidad
valorándose los distintos conceptos (alojamiento y transporte).
5. Gastos de elaboración de la memoria de evaluación sustantiva de las actividades
del proyecto que determine el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio
significativo» si la convocatoria se enmarca dentro del Plan de Recuperación.
Apartado 2.b) Memoria económica de «Estudios de viabilidad técnica» (Línea 2) y
«Tecnologías Digitales» (Línea 3).
1. Coste del personal técnico involucrado directamente: Se identificará con nombre
y apellidos, describiendo además las funciones que desempeñará, categoría profesional
y justificación de su necesidad, así como su valoración económica (número de horas,
coste/hora y grupo de cotización del régimen general de la Seguridad Social).
2. Coste de las colaboraciones externas: Se identificará la entidad colaboradora
con su denominación social y NIF, describiendo, además, las funciones que
desempeñará, categoría profesional y justificación de su necesidad, así como su
valoración económica (número de horas y coste/hora). Si el importe de la colaboración
externa supera las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, para el contrato menor, se deberán presentar como mínimo
tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales características no
exista en el mercado suficiente número de entidades que los presten, y la elección de la
oferta deberá estar justificada conforme a los criterios de eficiencia y economía.
3. Coste de los desplazamientos: Se describirá y justificará su necesidad
valorándose los distintos conceptos (alojamiento, transporte).
4. Gastos de elaboración de la memoria de evaluación sustantiva de las actividades
del proyecto que determine el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio
significativo» si la convocatoria se enmarca dentro del Plan de Recuperación.
cve: BOE-A-2021-16790
Verificable en https://www.boe.es
Se detallarán los costes a que dé lugar la ejecución, coordinación y gestión de las
actividades descritas en la memoria técnica y de manera específica los relativos a:
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Apartado 2.
Sec. III. Pág. 126218
Memoria económica.
Apartado 2.a)
(Línea 1).
Memoria económica para el «Apoyo al funcionamiento de AEI»
Se detallarán los costes a que dé lugar la coordinación y gestión durante el ejercicio
para el que solicita la ayuda y de manera específica los relativos al:
1. Coste del personal técnico y administrativo involucrado directamente: Se
identificará con nombre y apellidos, describiendo además las funciones que
desempeñará, categoría profesional y justificación de su necesidad, así como su
valoración económica (número de horas, coste/hora y grupo de cotización del régimen
general de la Seguridad Social).
2. Gastos relativos a servicios necesarios para la gestión operativa de la entidad a
los que hace referencia el apartado d) del artículo 11 de la presente orden.
3. Coste de las colaboraciones externas, si existen: Se identificará la entidad
colaboradora con su denominación social y NIF, describiendo, además, las funciones que
desempeñará, categoría profesional y justificación de su necesidad, así como su
valoración económica (número de horas y coste/hora). Si el importe de la colaboración
externa supera las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, para el contrato menor, se deberán presentar como mínimo
tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales características no
exista en el mercado suficiente número de entidades que los presten, y la elección de la
oferta deberá estar justificada conforme a los criterios de eficiencia y economía.
4. Coste de los desplazamientos: Se describirá y justificará su necesidad
valorándose los distintos conceptos (alojamiento y transporte).
5. Gastos de elaboración de la memoria de evaluación sustantiva de las actividades
del proyecto que determine el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio
significativo» si la convocatoria se enmarca dentro del Plan de Recuperación.
Apartado 2.b) Memoria económica de «Estudios de viabilidad técnica» (Línea 2) y
«Tecnologías Digitales» (Línea 3).
1. Coste del personal técnico involucrado directamente: Se identificará con nombre
y apellidos, describiendo además las funciones que desempeñará, categoría profesional
y justificación de su necesidad, así como su valoración económica (número de horas,
coste/hora y grupo de cotización del régimen general de la Seguridad Social).
2. Coste de las colaboraciones externas: Se identificará la entidad colaboradora
con su denominación social y NIF, describiendo, además, las funciones que
desempeñará, categoría profesional y justificación de su necesidad, así como su
valoración económica (número de horas y coste/hora). Si el importe de la colaboración
externa supera las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, para el contrato menor, se deberán presentar como mínimo
tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales características no
exista en el mercado suficiente número de entidades que los presten, y la elección de la
oferta deberá estar justificada conforme a los criterios de eficiencia y economía.
3. Coste de los desplazamientos: Se describirá y justificará su necesidad
valorándose los distintos conceptos (alojamiento, transporte).
4. Gastos de elaboración de la memoria de evaluación sustantiva de las actividades
del proyecto que determine el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio
significativo» si la convocatoria se enmarca dentro del Plan de Recuperación.
cve: BOE-A-2021-16790
Verificable en https://www.boe.es
Se detallarán los costes a que dé lugar la ejecución, coordinación y gestión de las
actividades descritas en la memoria técnica y de manera específica los relativos a: