III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-16789)
Orden ICT/1116/2021, de 7 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para la apertura de mercados exteriores y se procede a su convocatoria en el año 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126169
7. En aquellas fases del procedimiento en las que en aras de la simplificación
administrativa se permita la presentación de declaraciones responsables en lugar de
determinada documentación, dichas declaraciones deberán presentarse en formato
electrónico firmado electrónicamente por el declarante.
8. Los solicitantes no estarán obligados a presentar los documentos que ya obren
en poder del órgano competente para la concesión, de conformidad con lo previsto por el
artículo 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, debiéndose cumplimentar
específicamente en el cuestionario de solicitud en qué momento y ante qué órgano
administrativo presentó los citados documentos, para lo cual indicará el número del
expediente que le fue comunicado entonces, siempre que no hayan transcurrido más de
cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
En cumplimiento del Reglamento (UE) número 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, se solicitará el consentimiento expreso para
el tratamiento por parte del ministerio de los datos incluidos en el cuestionario por el
beneficiario. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento o
cuando el interesado manifestará la negativa para la consulta de sus datos de carácter
personal, el órgano competente requerirá al solicitante su presentación, o, en su defecto,
la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento.
Artículo 11.
Representación.
1. Las personas físicas que realicen la firma o la presentación electrónica de
documentos en representación de las entidades solicitantes o beneficiarias, deberán
ostentar la representación necesaria para cada actuación, en los términos establecidos
en el artículo 5 de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. El firmante de la solicitud deberá acreditar que en el momento de la presentación
de la misma ostenta poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación
de la persona jurídica solicitante. El incumplimiento de esta obligación, de no
subsanarse, dará lugar a que se le tenga por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 12.
Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes de ayuda podrán presentarse en el plazo máximo indicado en la
correspondiente convocatoria a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» del extracto de la misma.
2. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su
inadmisión.
Artículo 13.
Formalización y presentación de solicitudes.
a) Formulario de solicitud de financiación y cuestionario electrónico: Fichero firmado
electrónicamente cumplimentado necesariamente con los medios electrónicos
disponibles en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
(https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas).
b) Datos identificativos de la Asociación o Federación (nombre o razón social,
Número de Identificación Fiscal, domicilio, números de teléfono y fax, correo electrónico
y página Web, si ha lugar), o Consejo Regulador de una indicación geográfica en el caso
de las ayudas mencionadas en el artículo 1.2.b).
cve: BOE-A-2021-16789
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán a la Dirección General de
Política Comercial, cuyo formulario de solicitud estará disponible para su
cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas).
2. Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126169
7. En aquellas fases del procedimiento en las que en aras de la simplificación
administrativa se permita la presentación de declaraciones responsables en lugar de
determinada documentación, dichas declaraciones deberán presentarse en formato
electrónico firmado electrónicamente por el declarante.
8. Los solicitantes no estarán obligados a presentar los documentos que ya obren
en poder del órgano competente para la concesión, de conformidad con lo previsto por el
artículo 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, debiéndose cumplimentar
específicamente en el cuestionario de solicitud en qué momento y ante qué órgano
administrativo presentó los citados documentos, para lo cual indicará el número del
expediente que le fue comunicado entonces, siempre que no hayan transcurrido más de
cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
En cumplimiento del Reglamento (UE) número 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, se solicitará el consentimiento expreso para
el tratamiento por parte del ministerio de los datos incluidos en el cuestionario por el
beneficiario. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento o
cuando el interesado manifestará la negativa para la consulta de sus datos de carácter
personal, el órgano competente requerirá al solicitante su presentación, o, en su defecto,
la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento.
Artículo 11.
Representación.
1. Las personas físicas que realicen la firma o la presentación electrónica de
documentos en representación de las entidades solicitantes o beneficiarias, deberán
ostentar la representación necesaria para cada actuación, en los términos establecidos
en el artículo 5 de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. El firmante de la solicitud deberá acreditar que en el momento de la presentación
de la misma ostenta poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación
de la persona jurídica solicitante. El incumplimiento de esta obligación, de no
subsanarse, dará lugar a que se le tenga por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 12.
Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes de ayuda podrán presentarse en el plazo máximo indicado en la
correspondiente convocatoria a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» del extracto de la misma.
2. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su
inadmisión.
Artículo 13.
Formalización y presentación de solicitudes.
a) Formulario de solicitud de financiación y cuestionario electrónico: Fichero firmado
electrónicamente cumplimentado necesariamente con los medios electrónicos
disponibles en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
(https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas).
b) Datos identificativos de la Asociación o Federación (nombre o razón social,
Número de Identificación Fiscal, domicilio, números de teléfono y fax, correo electrónico
y página Web, si ha lugar), o Consejo Regulador de una indicación geográfica en el caso
de las ayudas mencionadas en el artículo 1.2.b).
cve: BOE-A-2021-16789
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán a la Dirección General de
Política Comercial, cuyo formulario de solicitud estará disponible para su
cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas).
2. Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación: