III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-16667)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del IV Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas, SAU, y los tripulantes técnicos de vuelo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Jueves 14 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 125382

E) Intentar eliminar o modificar cualquiera de las configuraciones de
seguridad.
F) Transferir datos o software a cualquier persona u organización no
autorizada.
G) Divulgar su contraseña/códigos de acceso.
Si el piloto sospechara que la seguridad del dispositivo asignado se ha visto
comprometida de alguna manera como, por ejemplo, manipulación por un extraño,
instalación de software malicioso o cualquier otra circunstancia, deberá informar
de inmediato a la Compañía que le notificará los pasos a seguir.
Artículo 3.

Actualización de la información.

La actualización de los datos e información del dispositivo se producirá
siempre a través de los sistemas y con los medios que disponga o proporcione Air
Europa al respecto o, alternativamente, los propios del piloto si así lo estima
oportuno.
La compañía podrá enviar comunicaciones al piloto a través de la aplicación
Casillero Digital respetando el Protocolo de Notificaciones.
Artículo 4.

Pérdida/Robo/Hurto/Daño.

La pérdida, robo o hurto del dispositivo electrónico o su rotura por causas
ajenas a la voluntad del piloto no supondrán el derecho de resarcimiento de Air
Europa sobre el coste de este. En las mencionadas situaciones, el piloto
comunicará a la Compañía el hecho con carácter inmediato. La Empresa adoptará
las medidas necesarias y suministrará al piloto un nuevo dispositivo electrónico tan
pronto como sea posible.
En estas circunstancias, se espera que los pilotos realicen todos los esfuerzos
razonables para facilitar el reemplazo.
Artículo 5.

Contenido.

1. FlySmart (Airbus), OPT (Boeing): Cálculos de performance para
despegue, crucero y aterrizaje.
2. Casillero Digital: Acceso y gestión avanzada de los manuales (de
operaciones y del fabricante) y otra documentación.
3. JEPPESEN FD-PRO: Consulta de la cartografía aeronáutica.
4. App Seguridad de Vuelo: Reportes.
Si en el ED se encuentran aplicaciones o archivos multimedia que son ilegales,
ofensivos, inapropiados o que no tienen la licencia adecuada, podrán ser
eliminados sin previo aviso. El piloto será responsable de cualquier aplicación
ilegal o medio descargado en su ED.

cve: BOE-A-2021-16667
Verificable en https://www.boe.es

El piloto será responsable de no realizar descargas de contenido ilegal o de
instalar aplicaciones o archivos multimedia que vulneren las normas de seguridad
de Air Europa y aquellas establecidas en este protocolo.
El dispositivo entregado tendrá dos entornos distintos, uno profesional y otro
de carácter personal, al que el piloto podría recurrir mediante la utilización de
dispositivos de almacenaje externos que no serán facilitados por la Compañía.
En lo que se refiere al entorno profesional, Air Europa solo admitirá
aplicaciones y medios proporcionados por la Compañía. El ED, en su entorno
profesional, contendrá al menos las aplicaciones de índole operativa que se
indican a continuación o aquellas que en un futuro le sustituyan o se consideren
adecuadas según las necesidades operativas: