III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-16667)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del IV Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas, SAU, y los tripulantes técnicos de vuelo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125381
piloto, con el fin de dotarle de adecuados sistemas de información en tiempo real y
de los recursos oportunos. Este dispositivo electrónico permitirá́:
1. Racionalizar la organización de los materiales necesarios.
2. Mejorar la eficacia operativa, al facilitar el acceso a toda la información y a
los recursos pertinentes para el vuelo de forma continuamente actualizada.
3. Mantener al día toda la información relevante para la operación (horarios,
plan de vuelo, información meteorológica, etc.)
4. Proporcionar acceso a toda la documentación de la compañía necesaria
para realizar sus funciones, así́ como aquella a la que deban tener acceso en su
condición de empleado de la compañía. Para ello, se acuerda el uso de la
aplicación Casillero Digital por parte de los TTP, bajo las condiciones del presente
protocolo.
5. Garantizar el acceso a todas las funcionalidades del casillero digital
(gestión de comidas, billetes free, servicios pre-nómina, etc), cuando el TTP no se
encuentra en un periodo de actividad. A partir del 1 de enero de 2020, este acceso
se producirá sin la obligación de acusar recibo de cambios de programación.
En suma, se trata de modernizar, mejorar y facilitar un acceso eficiente a
información y recursos clave en tiempo real, como gráficos dinámicos y
herramientas de navegación, que ayuden a manejar mejor la operación segura de
las aeronaves.
Conforme se establece en el IV CC y con el fin de regular el uso del
dispositivo, Air Europa y la representación sindical de los TTP acuerdan el
siguiente Protocolo de uso del ED.
Artículo 1. Ámbito.
Afectará́ el presente Protocolo a los pilotos de Air Europa que reciban el ED
con el objeto de su uso en el ámbito de su desempeño como pilotos de esta
Compañía Aérea.
Air Europa proporciona el Ed para facilitar el acceso a manuales y se
considera un elemento "pilot attached" necesario para el despacho del vuelo.
El dispositivo electrónico una vez recibido por el piloto, y funcionalmente
activo, es una herramienta para facilitar las labores encomendadas al mismo. Por
lo tanto, es obligación del usuario mantenerlo en adecuado estado de uso para el
cumplimiento del fin al cual está destinado.
Debido al efecto que este cambio tendría en las responsabilidades que
actualmente soporta el piloto se establece la prima de digitalización contemplada
en el CC.
Artículo 2. Cuidado y conservación.
A) Usar el ED, el software o las instalaciones de comunicación de datos
(tales como dock stations...) que la Compañía pueda facilitar para fines
incompatibles con esta política.
B) Modificar el sistema operativo de forma no autorizada.
C) Abrir o intentar reparar el dispositivo
D) Modificar cualquier aplicación suministrada por Air Europa excepto de
acuerdo con las instrucciones específicas provistas para esas aplicaciones.
cve: BOE-A-2021-16667
Verificable en https://www.boe.es
Con el acto de recepción del dispositivo electrónico, el piloto usuario se
compromete a dar al mismo un uso adecuado a su finalidad, así́ como a su
conservación y custodia de forma apropiada, evitando un uso negligente del
mismo, sin perjuicio de las disposiciones que se reseñaran posteriormente.
No está permitido:
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125381
piloto, con el fin de dotarle de adecuados sistemas de información en tiempo real y
de los recursos oportunos. Este dispositivo electrónico permitirá́:
1. Racionalizar la organización de los materiales necesarios.
2. Mejorar la eficacia operativa, al facilitar el acceso a toda la información y a
los recursos pertinentes para el vuelo de forma continuamente actualizada.
3. Mantener al día toda la información relevante para la operación (horarios,
plan de vuelo, información meteorológica, etc.)
4. Proporcionar acceso a toda la documentación de la compañía necesaria
para realizar sus funciones, así́ como aquella a la que deban tener acceso en su
condición de empleado de la compañía. Para ello, se acuerda el uso de la
aplicación Casillero Digital por parte de los TTP, bajo las condiciones del presente
protocolo.
5. Garantizar el acceso a todas las funcionalidades del casillero digital
(gestión de comidas, billetes free, servicios pre-nómina, etc), cuando el TTP no se
encuentra en un periodo de actividad. A partir del 1 de enero de 2020, este acceso
se producirá sin la obligación de acusar recibo de cambios de programación.
En suma, se trata de modernizar, mejorar y facilitar un acceso eficiente a
información y recursos clave en tiempo real, como gráficos dinámicos y
herramientas de navegación, que ayuden a manejar mejor la operación segura de
las aeronaves.
Conforme se establece en el IV CC y con el fin de regular el uso del
dispositivo, Air Europa y la representación sindical de los TTP acuerdan el
siguiente Protocolo de uso del ED.
Artículo 1. Ámbito.
Afectará́ el presente Protocolo a los pilotos de Air Europa que reciban el ED
con el objeto de su uso en el ámbito de su desempeño como pilotos de esta
Compañía Aérea.
Air Europa proporciona el Ed para facilitar el acceso a manuales y se
considera un elemento "pilot attached" necesario para el despacho del vuelo.
El dispositivo electrónico una vez recibido por el piloto, y funcionalmente
activo, es una herramienta para facilitar las labores encomendadas al mismo. Por
lo tanto, es obligación del usuario mantenerlo en adecuado estado de uso para el
cumplimiento del fin al cual está destinado.
Debido al efecto que este cambio tendría en las responsabilidades que
actualmente soporta el piloto se establece la prima de digitalización contemplada
en el CC.
Artículo 2. Cuidado y conservación.
A) Usar el ED, el software o las instalaciones de comunicación de datos
(tales como dock stations...) que la Compañía pueda facilitar para fines
incompatibles con esta política.
B) Modificar el sistema operativo de forma no autorizada.
C) Abrir o intentar reparar el dispositivo
D) Modificar cualquier aplicación suministrada por Air Europa excepto de
acuerdo con las instrucciones específicas provistas para esas aplicaciones.
cve: BOE-A-2021-16667
Verificable en https://www.boe.es
Con el acto de recepción del dispositivo electrónico, el piloto usuario se
compromete a dar al mismo un uso adecuado a su finalidad, así́ como a su
conservación y custodia de forma apropiada, evitando un uso negligente del
mismo, sin perjuicio de las disposiciones que se reseñaran posteriormente.
No está permitido: