III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-16667)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del IV Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas, SAU, y los tripulantes técnicos de vuelo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125360
Texto modificado:
«Artículo 90. Uso de billetes.
Para viajes de carácter particular, los pilotos disfrutarán, para ellos y sus
familiares en primer grado, del siguiente cupo anual de billetes en toda la red de
AEA y acuerdos "interline":
A) Vuelos en general:
Sujeto a espacio, sin limitación, al 100 por 100 de descuento.
B) Vuelos regulares:
15 por 100 de descuento sin limitación, con reserva de plaza.
20 billetes al año en todos los vuelos de AEA tanto regulares como charter,
sujetos a espacio, y al 100 por 100 de descuento. Este texto sustituye la condición
número 3 del anexo IX del vigente convenio colectivo, por lo que la misma queda
eliminada.
Los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho al
disfrute de billetes free en las condiciones que a continuación se detallan.
Los Pilotos Jubilados de AEA podrán adquirir billetes sujetos a espacio
abonando el importe de la tarifa de aplicación. El número de billetes será el mismo
que el recogido en el Convenio Colectivo para los Pilotos en Activo. Será de
aplicación igualmente para los beneficiarios que consten en el sistema de la
Empresa en el momento en que cause baja por jubilación.
En caso de estar completa la clase turista, habiendo TTPs/beneficiarios con
billete free, o pasajeros con billete free de convenio piloto, se ocuparán las plazas
de clase business en su totalidad si fuera necesario.
Se les asignarán asientos en esa clase o se harán upgrades a pasajeros para
que puedan liberar plazas en turista y puedan viajar los TTPs y frees hasta ocupar
la totalidad de las plazas disponibles en ese vuelo.
C) Gestión telemática billetes y Ancillaries.
La reserva deberá hacerse a través del sistema de Gestión de Tripulaciones,
emitiendo billete electrónico en el momento de la reserva, para todos los casos en
que esta opción esté disponible, el billete manual se emitirá en las oficinas de
ventas de AEA. El billete manual se emitirá antes del vuelo, sin fecha específica
con un procedimiento análogo a la WEB. Se permiten cambios y anulaciones
dentro de las 48 horas siguientes a la fecha del vuelo que no se haya realizado.
Pasadas las 48 horas siguientes a la fecha del vuelo, ya no se podrán hacer
cambios puesto que la reserva desaparece. La fecha de gestión de los cambios
será a través de Internet.
Los billetes solicitados, pero no emitidos se podrán cancelar telefónicamente o
por correo electrónico a través de la secretaría de Dirección Operaciones al objeto
de que no se computen ni dentro del cupo ni fiscalmente y que sean los solicitados
no cancelados, se usen o no, los que se imputen fiscalmente y computen dentro
del cupo. En el caso de que sean billetes emitidos, deberán ser físicamente
devueltos a Operaciones a los efectos de que no sea imputado fiscalmente ni
computado dentro del cupo.
Los billetes free para beneficiarios podrán ser emitidos a través del sgt,
casillero digital o una nueva página habilitada al uso, al igual que los billetes free
de libre disposición.
cve: BOE-A-2021-16667
Verificable en https://www.boe.es
Emisión de billetes y listado automático para el vuelo:
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125360
Texto modificado:
«Artículo 90. Uso de billetes.
Para viajes de carácter particular, los pilotos disfrutarán, para ellos y sus
familiares en primer grado, del siguiente cupo anual de billetes en toda la red de
AEA y acuerdos "interline":
A) Vuelos en general:
Sujeto a espacio, sin limitación, al 100 por 100 de descuento.
B) Vuelos regulares:
15 por 100 de descuento sin limitación, con reserva de plaza.
20 billetes al año en todos los vuelos de AEA tanto regulares como charter,
sujetos a espacio, y al 100 por 100 de descuento. Este texto sustituye la condición
número 3 del anexo IX del vigente convenio colectivo, por lo que la misma queda
eliminada.
Los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho al
disfrute de billetes free en las condiciones que a continuación se detallan.
Los Pilotos Jubilados de AEA podrán adquirir billetes sujetos a espacio
abonando el importe de la tarifa de aplicación. El número de billetes será el mismo
que el recogido en el Convenio Colectivo para los Pilotos en Activo. Será de
aplicación igualmente para los beneficiarios que consten en el sistema de la
Empresa en el momento en que cause baja por jubilación.
En caso de estar completa la clase turista, habiendo TTPs/beneficiarios con
billete free, o pasajeros con billete free de convenio piloto, se ocuparán las plazas
de clase business en su totalidad si fuera necesario.
Se les asignarán asientos en esa clase o se harán upgrades a pasajeros para
que puedan liberar plazas en turista y puedan viajar los TTPs y frees hasta ocupar
la totalidad de las plazas disponibles en ese vuelo.
C) Gestión telemática billetes y Ancillaries.
La reserva deberá hacerse a través del sistema de Gestión de Tripulaciones,
emitiendo billete electrónico en el momento de la reserva, para todos los casos en
que esta opción esté disponible, el billete manual se emitirá en las oficinas de
ventas de AEA. El billete manual se emitirá antes del vuelo, sin fecha específica
con un procedimiento análogo a la WEB. Se permiten cambios y anulaciones
dentro de las 48 horas siguientes a la fecha del vuelo que no se haya realizado.
Pasadas las 48 horas siguientes a la fecha del vuelo, ya no se podrán hacer
cambios puesto que la reserva desaparece. La fecha de gestión de los cambios
será a través de Internet.
Los billetes solicitados, pero no emitidos se podrán cancelar telefónicamente o
por correo electrónico a través de la secretaría de Dirección Operaciones al objeto
de que no se computen ni dentro del cupo ni fiscalmente y que sean los solicitados
no cancelados, se usen o no, los que se imputen fiscalmente y computen dentro
del cupo. En el caso de que sean billetes emitidos, deberán ser físicamente
devueltos a Operaciones a los efectos de que no sea imputado fiscalmente ni
computado dentro del cupo.
Los billetes free para beneficiarios podrán ser emitidos a través del sgt,
casillero digital o una nueva página habilitada al uso, al igual que los billetes free
de libre disposición.
cve: BOE-A-2021-16667
Verificable en https://www.boe.es
Emisión de billetes y listado automático para el vuelo: