III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-16532)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Soria, para el desarrollo y puesta en práctica del Plan director del desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Martes 12 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124419
b) Facilitar a la Diputación provincial de Soria toda la información disponible que
sea necesaria para garantizar la ejecución del Plan director del desarrollo ejecutivo del
producto turístico de los Celtíberos.
c) Incluir el producto turístico de los celtíberos de Soria en campañas de promoción
de exposiciones, a través de la página web y canales de promoción turística en redes
sociales de la administración autonómica.
a) Gestionar, dirigir y coordinar el Plan director del desarrollo ejecutivo del producto
turístico de los celtíberos en Soria, a los efectos de garantizar su puesta en práctica de
forma plena y efectiva.
b) Ejecutar e implementar en Soria el Plan director en su totalidad pudiendo
disponer y usar de toda la información propiedad de la Secretaría de Estado y obtenida
en el encargo realizado por ésta a SEGITTUR.
c) Gestionar los folletos digitales y la web creada al efecto (www.soriaesotrahistoria.es),
obligándose con ello a su publicación, alojamiento en sus servidores, renovación del dominio,
mantenimiento, actualización de la información y nuevos contenidos, así como el
cumplimiento de la normativa de protección de datos y propiedad intelectualidad existente al
respecto.
d) Asumir las tareas de uso, administración y vigilancia de la marca «Soria es otra
historia», visual identitario del producto turístico de los celtíberos, y realizar las
adaptaciones de la misma que considere necesarias para poder llevar a cabo el Plan
director, así como todas las actuaciones de comunicación y promoción del este producto
turístico.
e) Presentar el Plan director a los agentes locales, regionales y autonómicos, así
como a los diferentes colectivos privados y entes públicos implicados en el sector cultural
y turístico al efecto de trabajar conjuntamente en su puesta en práctica.
f) Ejecutar cuantas actuaciones se requieran en materia de comunicación,
formación y asesoramiento en la implantación del Plan director del desarrollo ejecutivo
del producto turístico de los celtíberos en Soria, cuyos destinatarios sean agentes
públicos o privados encargados del desarrollo del Plan en los destinos locales,
regionales y autonómicos.
g) Implantar la metodología y los manuales de los diferentes sistemas (Sistemas de
Calidad Turística, Sistemas de Innovación Turística, Clubes de producto turístico cultural,
Sistemas de Accesibilidad Turística), entre empresas y agentes privados que presten
servicios relacionados con la oferta turística celtíbera en Soria.
h) Compartir con la Secretaría de Estado de Turismo y con la Consejería de Cultura
y Turismo de la Junta de Castilla y León información actualizada sobre el grado de
implantación del Plan director, del resultado de las actuaciones de comunicación y
formación así como de la implementación de los diferentes sistemas (Sistemas de
Calidad Turística, Sistema de innovación Método Destino Turístico Inteligente y
sostenible, Método Club de productos turísticos nacionales y Sistemas de Accesibilidad
Turística), en la provincia, permitiendo así contar con información agregada del conjunto
del país.
i) Designar el Área o Unidad encargada de la puesta en práctica del Plan director
del desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria, así como de la
creación y promoción de otros productos turísticos de Soria con los que se puede
establecer interesantes sinergias: turismo cultural, natural, de salud, etc., para propiciar
así el aumento de nuevas experiencias turísticas en la región.
Tercera.
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una Comisión, formada por una
representación paritaria de las partes firmantes.
cve: BOE-A-2021-16532
Verificable en https://www.boe.es
3. La Diputación provincial de Soria a:
Núm. 244
Martes 12 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124419
b) Facilitar a la Diputación provincial de Soria toda la información disponible que
sea necesaria para garantizar la ejecución del Plan director del desarrollo ejecutivo del
producto turístico de los Celtíberos.
c) Incluir el producto turístico de los celtíberos de Soria en campañas de promoción
de exposiciones, a través de la página web y canales de promoción turística en redes
sociales de la administración autonómica.
a) Gestionar, dirigir y coordinar el Plan director del desarrollo ejecutivo del producto
turístico de los celtíberos en Soria, a los efectos de garantizar su puesta en práctica de
forma plena y efectiva.
b) Ejecutar e implementar en Soria el Plan director en su totalidad pudiendo
disponer y usar de toda la información propiedad de la Secretaría de Estado y obtenida
en el encargo realizado por ésta a SEGITTUR.
c) Gestionar los folletos digitales y la web creada al efecto (www.soriaesotrahistoria.es),
obligándose con ello a su publicación, alojamiento en sus servidores, renovación del dominio,
mantenimiento, actualización de la información y nuevos contenidos, así como el
cumplimiento de la normativa de protección de datos y propiedad intelectualidad existente al
respecto.
d) Asumir las tareas de uso, administración y vigilancia de la marca «Soria es otra
historia», visual identitario del producto turístico de los celtíberos, y realizar las
adaptaciones de la misma que considere necesarias para poder llevar a cabo el Plan
director, así como todas las actuaciones de comunicación y promoción del este producto
turístico.
e) Presentar el Plan director a los agentes locales, regionales y autonómicos, así
como a los diferentes colectivos privados y entes públicos implicados en el sector cultural
y turístico al efecto de trabajar conjuntamente en su puesta en práctica.
f) Ejecutar cuantas actuaciones se requieran en materia de comunicación,
formación y asesoramiento en la implantación del Plan director del desarrollo ejecutivo
del producto turístico de los celtíberos en Soria, cuyos destinatarios sean agentes
públicos o privados encargados del desarrollo del Plan en los destinos locales,
regionales y autonómicos.
g) Implantar la metodología y los manuales de los diferentes sistemas (Sistemas de
Calidad Turística, Sistemas de Innovación Turística, Clubes de producto turístico cultural,
Sistemas de Accesibilidad Turística), entre empresas y agentes privados que presten
servicios relacionados con la oferta turística celtíbera en Soria.
h) Compartir con la Secretaría de Estado de Turismo y con la Consejería de Cultura
y Turismo de la Junta de Castilla y León información actualizada sobre el grado de
implantación del Plan director, del resultado de las actuaciones de comunicación y
formación así como de la implementación de los diferentes sistemas (Sistemas de
Calidad Turística, Sistema de innovación Método Destino Turístico Inteligente y
sostenible, Método Club de productos turísticos nacionales y Sistemas de Accesibilidad
Turística), en la provincia, permitiendo así contar con información agregada del conjunto
del país.
i) Designar el Área o Unidad encargada de la puesta en práctica del Plan director
del desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria, así como de la
creación y promoción de otros productos turísticos de Soria con los que se puede
establecer interesantes sinergias: turismo cultural, natural, de salud, etc., para propiciar
así el aumento de nuevas experiencias turísticas en la región.
Tercera.
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una Comisión, formada por una
representación paritaria de las partes firmantes.
cve: BOE-A-2021-16532
Verificable en https://www.boe.es
3. La Diputación provincial de Soria a: