III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-16532)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Soria, para el desarrollo y puesta en práctica del Plan director del desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Martes 12 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124418
d) Apostar por el patrimonio cultural celtíbero como un nuevo producto turístico que
proporciona nuevas experiencias al visitante y contribuye a diversificar la oferta,
desestacionalizar y consolidar un nuevo modelo que apuesta por el turismo de interior
como alternativa económica.
e) Mejorar la accesibilidad y señalización turística de los yacimientos y disponer de
una oferta turística complementaria, etc.
f) Trabajar conjuntamente en acciones que incrementen las ofertas y las
experiencias turísticas en Soria, respondan a las nuevas demandas, introduzcan nuevas
formas de comunicación y promoción de Soria como destino turístico y propicien una
mejor interpretación del patrimonio celtíbero.
g) Propiciar una gobernanza colaborativa incentivando la adhesión de las empresas
prestadoras de servicios turísticos a la puesta en marcha de este Plan director del
producto turístico de los celtíberos en Soria, implantando los sistemas de calidad,
innovación, accesibilidad y sostenibilidad.
Segunda.
Compromisos.
Para la correcta consecución de estos objetivos, y en el ejercicio de sus respectivas
competencias, las Administraciones firmantes se comprometen:
La SETUR a:
a) Poner a disposición de la administración competente para la gestión del Plan
director elaborado, el uso y disposición del Plan director de desarrollo ejecutivo del
producto turístico de los celtíberos en Soria elaborado por SEGITTUR para que pueda
disponer de él en su totalidad al efecto de ejecutarlo y ponerlo en práctica en su plenitud,
con posibilidad de recuperación por la Secretaria de Estado de Turismo del uso y
disposición del mismo, en caso de incumplimiento de sus previsiones o inejecución por
parte de la entidad gestora.
b) Registrar la marca «Soria es otra historia», visual identitario del producto turístico
de los celtíberos, y autorizar a la Administración competente de la gestión del Plan
director a que pueda realizar las adaptaciones de la misma que considere necesarias
para poder llevar a cabo dicho Plan en el destino.
c) Ceder a la administración competente de la gestión del Plan director la propiedad
y la gestión de la web creada al efecto.
d) Colaborar con la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León
y la Diputación Provincial de Soria en aquellas actuaciones que se acometan de común
acuerdo en materia de formación y asesoramiento en la implantación del Plan director
del desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria, cuyos
destinatarios sean agentes públicos o privados encargados del desarrollo del Plan en los
destinos locales, regionales y autonómicos.
e) Apoyar a la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León y a la
Diputación Provincial de Soria en la implantación voluntaria de la metodología y
manuales de los diferentes sistemas (Sistemas de Calidad Turística, Sistemas de
Innovación Turística, Clubes de producto turístico cultural, Sistemas de Accesibilidad
Turística), entre empresas que presten servicios relacionados con su oferta turística
celtíbera en Soria.
f) Presidir la Comisión de Seguimiento creada al efecto de supervisar y garantizar la
ejecución de este Convenio.
2.
La Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León a:
a) Asesorar a la Diputación provincial de Soria en la ejecución del Plan director del
desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria, al objeto de que esta
ejecución se ajuste a los principios y criterios establecidos en el Plan Estratégico de
Turismo de Castilla y León 2019-2023.
cve: BOE-A-2021-16532
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 244
Martes 12 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124418
d) Apostar por el patrimonio cultural celtíbero como un nuevo producto turístico que
proporciona nuevas experiencias al visitante y contribuye a diversificar la oferta,
desestacionalizar y consolidar un nuevo modelo que apuesta por el turismo de interior
como alternativa económica.
e) Mejorar la accesibilidad y señalización turística de los yacimientos y disponer de
una oferta turística complementaria, etc.
f) Trabajar conjuntamente en acciones que incrementen las ofertas y las
experiencias turísticas en Soria, respondan a las nuevas demandas, introduzcan nuevas
formas de comunicación y promoción de Soria como destino turístico y propicien una
mejor interpretación del patrimonio celtíbero.
g) Propiciar una gobernanza colaborativa incentivando la adhesión de las empresas
prestadoras de servicios turísticos a la puesta en marcha de este Plan director del
producto turístico de los celtíberos en Soria, implantando los sistemas de calidad,
innovación, accesibilidad y sostenibilidad.
Segunda.
Compromisos.
Para la correcta consecución de estos objetivos, y en el ejercicio de sus respectivas
competencias, las Administraciones firmantes se comprometen:
La SETUR a:
a) Poner a disposición de la administración competente para la gestión del Plan
director elaborado, el uso y disposición del Plan director de desarrollo ejecutivo del
producto turístico de los celtíberos en Soria elaborado por SEGITTUR para que pueda
disponer de él en su totalidad al efecto de ejecutarlo y ponerlo en práctica en su plenitud,
con posibilidad de recuperación por la Secretaria de Estado de Turismo del uso y
disposición del mismo, en caso de incumplimiento de sus previsiones o inejecución por
parte de la entidad gestora.
b) Registrar la marca «Soria es otra historia», visual identitario del producto turístico
de los celtíberos, y autorizar a la Administración competente de la gestión del Plan
director a que pueda realizar las adaptaciones de la misma que considere necesarias
para poder llevar a cabo dicho Plan en el destino.
c) Ceder a la administración competente de la gestión del Plan director la propiedad
y la gestión de la web creada al efecto.
d) Colaborar con la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León
y la Diputación Provincial de Soria en aquellas actuaciones que se acometan de común
acuerdo en materia de formación y asesoramiento en la implantación del Plan director
del desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria, cuyos
destinatarios sean agentes públicos o privados encargados del desarrollo del Plan en los
destinos locales, regionales y autonómicos.
e) Apoyar a la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León y a la
Diputación Provincial de Soria en la implantación voluntaria de la metodología y
manuales de los diferentes sistemas (Sistemas de Calidad Turística, Sistemas de
Innovación Turística, Clubes de producto turístico cultural, Sistemas de Accesibilidad
Turística), entre empresas que presten servicios relacionados con su oferta turística
celtíbera en Soria.
f) Presidir la Comisión de Seguimiento creada al efecto de supervisar y garantizar la
ejecución de este Convenio.
2.
La Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León a:
a) Asesorar a la Diputación provincial de Soria en la ejecución del Plan director del
desarrollo ejecutivo del producto turístico de los celtíberos en Soria, al objeto de que esta
ejecución se ajuste a los principios y criterios establecidos en el Plan Estratégico de
Turismo de Castilla y León 2019-2023.
cve: BOE-A-2021-16532
Verificable en https://www.boe.es
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