I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Subvenciones. (BOE-A-2021-16481)
Real Decreto 882/2021, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para la financiación del Sistema Nacional de Acogida e Integración de Personas Solicitantes y Beneficiarias de Protección Internacional y la atención sociosanitaria en los centros de estancia temporal de inmigrantes de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Martes 12 de octubre de 2021
Prioridad V.
Sec. I. Pág. 124301
Proyectos de empleo.
El objeto de esta prioridad es desarrollar itinerarios integrados de inserción laboral
individualizados destinados a personas solicitantes y beneficiarias de protección
internacional, del estatuto de apátrida y de protección temporal, así como impulsar la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, evitar la producción en el ámbito
laboral de conductas xenófobas y fomentar la diversidad en el ámbito empresarial.
En estos proyectos se tendrán en cuenta los principios de asociación, igualdad entre
hombres y mujeres, igualdad de oportunidades, no discriminación y desarrollo sostenible,
de acuerdo con los Reglamentos (UE) 1303/2013 y 1304/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
Se podrán subvencionar los siguientes tipos de actuaciones:
1. Desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral individualizados.
2. Preparación y acompañamiento de iniciativas de trabajo por cuenta propia, con
especial consideración a aquellos orientados a la economía social.
3. Acciones encaminadas a la erradicación de la trata de personas con fines de
explotación sexual o laboral y que promuevan la inserción de las víctimas en el mercado
de trabajo, mediante itinerarios de integración laboral y formación para el empleo.
4. Acciones que posibiliten la inserción laboral de familias del colectivo destinatario
de las actuaciones en zonas rurales con baja densidad de población, a través de
procesos personalizados de selección, formación y acompañamiento.
5. Acciones de apoyo para la diversificación profesional, entre ellas la prestación de
servicios que ofrezcan información, asesoramiento, acompañamiento, traducción de
documentos y otros trámites necesarios para la homologación de títulos y convalidación
de estudios realizados en los países de origen.
6. Ayudas económicas, cuando proceda conforme al Manual de Gestión vigente en
cada momento, a las personas destinatarias del proyecto para favorecer su proceso
formativo o la búsqueda activa de empleo.
Los proyectos podrán incluir acciones que favorezcan la conciliación de la vida
familiar y laboral, así como actividades complementarias de formación de profesionales y
personas voluntarias, sensibilización de empleadores/as, promoción de la cooperación
transnacional e interregional e intercambio de buenas prácticas. En todo caso, estas
actividades complementarias estarán vinculadas al desarrollo de los itinerarios de
inserción laboral del proyecto.
La formación de las personas participantes en estos itinerarios ha de ser
complementaria a la incluida, en su caso, en proyectos de las prioridades I.2 y III.3,
aunque el aprendizaje del idioma y la alfabetización digital e informática básica, cuando
estén orientadas al empleo, deben ir incluidas en esta prioridad V. La formación
destinada a una misma persona no podrá ser doblemente financiada a través de las
prioridades I.2, III.3 y V.
Las localizaciones previstas en estos proyectos deberán guardar coherencia con las
localizaciones previstas en los proyectos de las prioridades I.2 o III.3 de la misma
entidad.
Proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI):
Prioridad II. Proyectos que faciliten la atención sociosanitaria en los Centros de
Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla.
El objeto de estos proyectos es complementar la atención y servicios que se prestan
en estos centros. Se podrán desarrollar las siguientes actuaciones:
– Información, orientación e intervención social. Facilitar la primera recepción a las
personas recién llegadas a los CETI, ofrecer información sobre el funcionamiento y
normas del centro, así como transmitir nociones básicas sobre la sociedad española, con
cve: BOE-A-2021-16481
Verificable en https://www.boe.es
b)
Núm. 244
Martes 12 de octubre de 2021
Prioridad V.
Sec. I. Pág. 124301
Proyectos de empleo.
El objeto de esta prioridad es desarrollar itinerarios integrados de inserción laboral
individualizados destinados a personas solicitantes y beneficiarias de protección
internacional, del estatuto de apátrida y de protección temporal, así como impulsar la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, evitar la producción en el ámbito
laboral de conductas xenófobas y fomentar la diversidad en el ámbito empresarial.
En estos proyectos se tendrán en cuenta los principios de asociación, igualdad entre
hombres y mujeres, igualdad de oportunidades, no discriminación y desarrollo sostenible,
de acuerdo con los Reglamentos (UE) 1303/2013 y 1304/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
Se podrán subvencionar los siguientes tipos de actuaciones:
1. Desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral individualizados.
2. Preparación y acompañamiento de iniciativas de trabajo por cuenta propia, con
especial consideración a aquellos orientados a la economía social.
3. Acciones encaminadas a la erradicación de la trata de personas con fines de
explotación sexual o laboral y que promuevan la inserción de las víctimas en el mercado
de trabajo, mediante itinerarios de integración laboral y formación para el empleo.
4. Acciones que posibiliten la inserción laboral de familias del colectivo destinatario
de las actuaciones en zonas rurales con baja densidad de población, a través de
procesos personalizados de selección, formación y acompañamiento.
5. Acciones de apoyo para la diversificación profesional, entre ellas la prestación de
servicios que ofrezcan información, asesoramiento, acompañamiento, traducción de
documentos y otros trámites necesarios para la homologación de títulos y convalidación
de estudios realizados en los países de origen.
6. Ayudas económicas, cuando proceda conforme al Manual de Gestión vigente en
cada momento, a las personas destinatarias del proyecto para favorecer su proceso
formativo o la búsqueda activa de empleo.
Los proyectos podrán incluir acciones que favorezcan la conciliación de la vida
familiar y laboral, así como actividades complementarias de formación de profesionales y
personas voluntarias, sensibilización de empleadores/as, promoción de la cooperación
transnacional e interregional e intercambio de buenas prácticas. En todo caso, estas
actividades complementarias estarán vinculadas al desarrollo de los itinerarios de
inserción laboral del proyecto.
La formación de las personas participantes en estos itinerarios ha de ser
complementaria a la incluida, en su caso, en proyectos de las prioridades I.2 y III.3,
aunque el aprendizaje del idioma y la alfabetización digital e informática básica, cuando
estén orientadas al empleo, deben ir incluidas en esta prioridad V. La formación
destinada a una misma persona no podrá ser doblemente financiada a través de las
prioridades I.2, III.3 y V.
Las localizaciones previstas en estos proyectos deberán guardar coherencia con las
localizaciones previstas en los proyectos de las prioridades I.2 o III.3 de la misma
entidad.
Proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI):
Prioridad II. Proyectos que faciliten la atención sociosanitaria en los Centros de
Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla.
El objeto de estos proyectos es complementar la atención y servicios que se prestan
en estos centros. Se podrán desarrollar las siguientes actuaciones:
– Información, orientación e intervención social. Facilitar la primera recepción a las
personas recién llegadas a los CETI, ofrecer información sobre el funcionamiento y
normas del centro, así como transmitir nociones básicas sobre la sociedad española, con
cve: BOE-A-2021-16481
Verificable en https://www.boe.es
b)