III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-16462)
Orden ICT/1096/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para el fortalecimiento de los sistemas de comunicación y servicios telemáticos en las Cámaras Oficiales de Comercio Españolas en el extranjero y Federaciones de Cámaras, y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Lunes 11 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 124084

objetivos establecidos en esta orden, no son necesarias condiciones específicas y
adicionales de eficacia y solvencia a las que se refiere el artículo 17.3.c) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El necesario cumplimiento de las condiciones del
artículo 13 de esta ley es condición suficiente de solvencia y eficacia económica y
financiera.
Artículo 7.

Gastos subvencionables.

1. Los gastos subvencionables serán aquellos que estén dirigidos a la
transformación digital de las Cámaras (en la línea 1) y Federaciones (en la línea 2)
reconocidas oficialmente por el Ministerio, en línea con los objetivos del Plan de
Recuperación. Los gastos subvencionables se subdividen en las siguientes rúbricas:
a) Rúbrica 1: Desarrollo de instrumentos de gestión y páginas web o actualización
de las existentes.
Los gastos de inversión subvencionables deberán tener por objetivo:
1.º La actualización y/o desarrollo de nuevos instrumentos de gestión digital:
implementación, instalación y desarrollo de herramientas tecnológicas dirigidas a la
gestión de redes sociales para captación de clientes, mayor visibilidad, incremento de la
conectividad entre empresas, diversificación de catálogo de servicios, desarrollo de
nuevos formatos de negocio y contenidos de mayor valor añadido.
2.º La actualización y/o desarrollo de páginas web para mejorar las funcionalidades
de las mismas.
b)

Rúbrica 2: Desarrollo de servicios member to member.

Incluye:
1.º La implementación digital del catálogo de los servicios, ampliándolo y
diversificándolo.
2.º El desarrollo de nuevos formatos de negocio vía digital que faciliten la
conectividad, para la generación de nuevas oportunidades y de contenidos de mayor
valor.
3.º El desarrollo de servicios de venta de certificados y firmas digitales: emisión de
certificados de identidad comercial, verificación digital de inscripciones en registros
oficiales (tales como Registro Mercantil y Registro fiscal), certificados de origen,
autorizaciones de gobiernos locales, servicios en ferias comerciales, en el país de su
demarcación.
4.º La implementación de medidas de ciberseguridad en relación con las nuevas
tecnologías para garantizar la seguridad de estos servicios y de la información que se
intercambie.
c) Rúbrica 3: Desarrollo de Intranets.
Las inversiones subvencionables deben apuntar al desarrollo y mejora de la red
interna a través de:
La implantación de un sistema CRM para:

– La gestión eficaz de datos de socios y contactos.
– El tratamiento y gestión de datos de actividades.
– La sistematización, centralización e integración de la información, su recopilación,
procesamiento, acceso y almacenaje de datos íntegramente de forma digital.
2.º La adecuación y virtualización de los servidores en el ámbito de la inteligencia
artificial, estimulando la capacidad de investigación, desarrollo e innovación de las
Cámaras.

cve: BOE-A-2021-16462
Verificable en https://www.boe.es

1.º