III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-16403)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización de prácticas académicas externas curriculares para los Grados de Enfermería y Fisioterapia de la Facultad de Ciencias de la Salud de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Sábado 9 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 123412

d) Aportar el listado de Tutores/as Clínicos entre los profesionales de Enfermería o
Fisioterapia en cada caso. Los/as Tutores/as Clínicos deberán:
– Acoger al alumno/a asignado y ocuparse de su aprendizaje.
– Realizar evaluación del alumnado asignado con informe de actitudes e
intervenciones.
3.

Compromisos que asume la Universidad de Granada.

a) Realizar una selección previa de los/as candidatos/as que van a realizar las
prácticas entre estudiantes matriculados en la enseñanza universitaria a la que se
vinculan las competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el
estudiantado en la realización de las prácticas.
b) Nombrar un/a Coordinador/a de la asignatura de Prácticas Externas o Tuteladas,
que será un/a profesor/a de la Facultad, que coordine junto con el/la Responsable de
Prácticas del centro, el desarrollo de las mismas.
c) El estudiantado, bien a través del seguro escolar y/o suplemento
correspondientes al mismo, bien a través de los seguros contratados por el propio
estudiantado o por la Universidad de Granada, a tal efecto, deberá estar cubierto para la
contingencia de enfermedad y accidentes, que incluya asistencia sanitaria, así como
cobertura por responsabilidad civil (o garantía financiera equivalente). Dichos seguros
extenderán su vigencia al lugar donde el estudiantado realice las prácticas.
d) Emitir el informe de evaluación de las practicas desarrolladas y un documento
acreditativo de las mismas al finalizar el período de ejecución, que contendrá, al menos,
referencia al centro del Imserso que actúa como entidad colaboradora, descripción de la
práctica especificando su duración y fechas de realización y actividades realizadas.
e) Certificar el tutelaje realizado por el personal de Enfermería y Fisioterapia dentro
de la organización sanitaria en el desarrollo de las prácticas conducentes a la obtención
del título de Graduado/a en Enfermería o Graduado/a en Fisioterapia, especificando las
horas de dedicación.
Financiación.

Este convenio no conlleva obligaciones económicas para las partes, por lo que no va
a tener un impacto presupuestario.
De otra parte, de conformidad con la disposición adicional quinta del Real Decretoley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, (BOE de 29 de diciembre
de 2018), en el que se indica que todos los estudiantes universitarios que realicen
prácticas académicas externas quedarán comprendidos en el Régimen General de la
Seguridad Social, dado que ha transcurrido el plazo de tres meses previsto sin que se
haya producido el desarrollo reglamentario posterior de dicha disposición adicional,
ambas partes se atendrán a lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011 (BOE de 27 de
octubre de 2011), que prevé la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social
únicamente de los estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas, si bien
el Real Decreto ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para
el crecimiento, la competitividad y la eficacia establece una bonificación del cien por cien
de las cuotas de la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas
curriculares remuneradas (disposición adicional vigesimosexta).
No obstante, si se aprobara una nueva regulación sobre este tema, ambas partes se
comprometen a firmar una Adenda a este convenio donde queden reflejadas las
responsabilidades que asume cada una de ellas.
No se exigirán aportaciones económicas, más allá de las referidas al seguro del
alumnado previstas en la cláusula 3.c) y aquéllas que pudieran derivarse de la adenda
que se pueda firmar en el futuro sobre la bonificación de las cuotas de la Seguridad
Social, la cual deberá en su caso seguir la misma tramitación del Convenio inicial.

cve: BOE-A-2021-16403
Verificable en https://www.boe.es

4.