I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-16231)
Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 122065

por una emergencia de protección civil y para los titulares de explotaciones agrarias,
pesqueras, marinas o forestales, así como establecimientos mercantiles, industriales y
de servicios situados en dicha zona. Como ya sucedía en la moratoria para los
préstamos y créditos no hipotecarios establecida durante la pandemia, se extiende la
aplicación de las condiciones establecidas para la moratoria de los préstamos y créditos
sin garantía hipotecaria a los contratos de arrendamiento financiero, a menudo
conocidos por su denominación en inglés como contratos de «leasing» o «leasing
financiero», por su importancia en la financiación de la actividad económica de los
trabajadores autónomos.
En cuanto a las condiciones aplicables a la moratoria establecida, se ha tomado
como referencia la experiencia de las moratorias legales establecidas con ocasión de la
epidemia de COVID-19, muy detallada y ampliamente testada con ocasión de su extensa
aplicación durante la pandemia. Así, por ejemplo, la moratoria es automática desde el
momento en que se presenta la solicitud, tal y como sucede en las moratorias de deudas
no hipotecarias establecidas durante la pandemia. Como es lógico, si la entidad de
crédito comprueba a posteriori que los requisitos no se cumplían, podrá dejar la
moratoria sin efecto y reclamar, en su caso, los daños y perjuicios que correspondan. Se
sigue también el modelo de las moratorias legales adoptadas durante la pandemia en
cuanto a una serie de elementos muy técnicos, pero de gran relevancia para una
adecuada implementación de las mismas: formalización unilateral de la moratoria por el
acreedor, régimen de inscripción registral en su caso y no sujeción a la legislación de
crédito inmobiliario, en particular en lo que se refiere al régimen de novaciones.
Asimismo, se establece un régimen de bonificaciones para los aranceles registrales y
notariales que se puedan devengar, así como una exención del impuesto de actos
jurídicos documentados.
Se establece la supervisión por el Banco de España del cumplimiento por las
entidades de crédito afectadas de lo dispuesto en este real decreto-ley y un completo
régimen de información sobre las moratorias otorgadas, su cuantía y sus beneficiarios,
con el fin de poder monitorizar adecuadamente la evolución de la situación.
El título V, que comprende los artículos 25 a 30, desarrolla diferentes medidas
tributarias, concretando las primeras medidas anunciadas en el Acuerdo de Consejo de
Ministros de 28 de septiembre de 2021, por el que se declara la isla de La Palma (Santa
Cruz de Tenerife) «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil».
Se conceden exenciones y reducciones en las cuotas del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles y en el Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes al
ejercicio 2021 que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos,
mercantiles, marítimo-pesqueros y profesionales, explotaciones agrarias y forestales,
locales de trabajo y similares dañados por las erupciones, previéndose también la
posibilidad de que los contribuyentes que hubieran satisfecho los recibos
correspondientes a dicho ejercicio fiscal puedan pedir la devolución de las cantidades
ingresadas. Asimismo, se concede una exención de las tasas de tráfico por la tramitación
de bajas de vehículos dañados y en la expedición de duplicados de permisos de
circulación o de conducción destruidos o extraviados por dichas causas.
Se contempla para las actividades agrarias una reducción de los índices de
rendimiento neto a los que se refiere la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por
la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto
sobre el Valor Añadido.
Se establece un aplazamiento de las deudas tributarias cuyo plazo de presentación e
ingreso finalice desde el día siguiente a la entrada en vigor del real decreto-ley hasta el
día 31 de enero de 2022.
Finalmente, para coadyuvar a la recuperación del Patrimonio Cultural de la isla de La
Palma, se declara que dicha actividad tendrá, durante el ejercicio de 2021, la
consideración de actividad prioritaria de mecenazgo, lo que permitirá la aplicación de

cve: BOE-A-2021-16231
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Núm. 239