I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-16234)
Real Decreto 854/2021, de 5 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la adquisición e instalación de sistemas de seguimiento electrónico remoto (REM), para el cumplimiento de la obligación de desembarque, para la digitalización de la flota de pequeña escala y para el apoyo al sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador y transformador en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 122237

– Garantizar las condiciones de resolución de las imágenes que permitan la posterior
gestión de datos.
Formato de información registrada.
– Al objeto de garantizar que la información gráfica registrada posibilite su análisis, el
formato de dicha información debe cumplir los siguientes requisitos mínimos:
• Soportar encriptación simétrica (cifrado AES-256 o superior) o asimétrica
(algoritmo criptográfico de curva elíptica o similar).
• Tener la capacidad de asegurar la integridad de los datos.
– Imagen:
Soportar una resolución de 1080p (1920x1080) para imágenes fijas.
Disponer de tasa de captura de imágenes configurable según la actividad a
monitorizar.
– Video:
Soportar una resolución de al menos 720p (1280x720) para vídeo.
Disponer una tasa de fps configurable no siendo menor de 10 fps.
Soportar algoritmos de compresión de vídeo H.264 o H.265.
Sistema de geolocalización.
Debe permitir geolocalizar la embarcación para registrar la ubicación del buque junto
con la fecha y la hora en la que se realiza la captura de datos.
Sistema de alimentación ininterrumpida.
Una unidad de alimentación ininterrumpida que proporcione al menos 15 minutos de
autonomía sin alimentación del barco.
Sistemas de comunicaciones.
El sistema de observación electrónica debe soportar, al menos, uno de los siguientes
interfaces de comunicación:
– Comunicaciones móviles 3G, 4G o 5G.
– Wi-Fi 802.11n.
– Comunicaciones por satélite.
– Puerto Ethernet, u otro sistema de comunicación, que permita la transmisión de
datos y el acceso remoto al sistema a través de la conexión a Internet existente a bordo,
en su caso.

El sistema de observación electrónica debe ser capaz de registrar lecturas de
sensores tanto analógicos como digitales.
Para los supuestos de contar con sensores instalados, estos deben ser capaces de
dar información sobre los parámetros siguientes, que aplicarán en función del tipo de
buque y arte de pesca:




etc.)


Rotación de maquinillas (con contador para detección de velocidad de rotación).
Presión hidráulica.
Corriente eléctrica.
Apertura y cierre de puertas (para embarque de pescado, cubas de congelación,
Temperatura de tanques de refrigeración.

cve: BOE-A-2021-16234
Verificable en https://www.boe.es

Sensores.