I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2021-16233)
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 122195

F. Otros: Detección de presencia de amianto para su eliminación; deficiencias de
las cubiertas que pudieran afectar a la seguridad de las personas que realicen trabajos
de reparación, mantenimiento e inspección sobre las mismas; digitalización,
monitorización, sostenibilidad y ciclo de vida, etc.
Como resultado, se elaborará un Informe del potencial de mejora, con las
conclusiones derivadas del análisis realizado, teniendo en cuenta tanto su estado de
conservación como el diagnóstico de su óptimo potencial de mejora, con vistas a
plantear las intervenciones técnica y económicamente viables que sean más adecuadas
para el edificio en el Plan de actuaciones para la renovación del edificio.
El informe del potencial de mejora determinará la máxima capacidad viable de
actuación sobre el edificio, con independencia de los niveles de las exigencias
reglamentarias, de forma que se plantee el mayor incremento posible de sus
prestaciones con vistas a aprovechar todos sus beneficios (ahorro de energía, mejora de
la habitabilidad y el confort, mejora de las condiciones de utilización y accesibilidad,
incorporación de avances tecnológicos, etc.).
Específicamente, en materia energética, en el informe se establecerán las
posibilidades de reducción de la demanda energética del edificio mediante la
intervención en la envolvente (pérdidas por transmisión) y en la ventilación, así como la
mejora de la eficiencia energética de las instalaciones, la incorporación de medidas de
control o monitorización y el uso de energías renovables.
II.2 Plan de Actuaciones para la Renovación del Edificio.
El Plan de Actuaciones para la Renovación del Edificio comprenderá la descripción
de las distintas actuaciones o fases establecidas, considerando en todo caso el carácter
global del edificio.
Para ello, las mejoras de las distintas prestaciones del edificio deberán plantearse
evitando que se produzcan mermas de calidad al interferir en elementos o condiciones
que afectan al resto de las prestaciones (criterio de no empeoramiento).
Se establecerá una programación y priorización de esas actuaciones, planteando
una obra completa única o bien una obra por fases que se pudieran ejecutar de forma
independiente, considerando las sinergias e interacciones entre actuaciones que
permitan facilitar su realización y favorecer la reducción de costes y de plazos de
ejecución.
Asimismo, se establecerá un cronograma y, con carácter orientativo, la valoración
económica prevista (rangos de importes) tanto para cada fase como para el total de la
intervención.
En cualquier caso, el Plan de Actuaciones deberá incluir específicamente:
– En su caso, las actuaciones previas o urgentes (conservación/reparación de daños
y patologías) que deban realizarse.
– En su caso, indicaciones para la racionalización del uso y la gestión del edificio
hasta que se puedan hacer las obras o actuaciones de rehabilitación o renovación del
edificio.
– Las medidas o conjuntos de medidas que permitirán alcanzar un ahorro técnica y
económicamente viable en consumo de energía primaria no renovable (Cep,nren) superior
al 30 %, indicando el ahorro estimado en cada caso. La priorización de actuaciones
tendrá en cuenta medidas o conjuntos de medidas, al menos, para cada uno de los tres
niveles siguientes: reducción del consumo de energía primaria no renovable entre el 30
% y el 45 %, entre el 45 % y el 60 %, y superior al 60 %. En caso de que no sea posible
alcanzar un ahorro en Cep,nren superior al 30 %, deberá justificarse dicha imposibilidad,
así como el valor máximo de ahorro posible estimado.
– Para cada medida o conjunto de medidas propuestas, se deberá indicar la
reducción estimada del consumo de energía final (por vector energético) total y por
servicios, así como el uso de energías renovables.

cve: BOE-A-2021-16233
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Núm. 239