I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2021-16232)
Real Decreto 852/2021, de 5 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 122111

c) Ejercer las acciones relativas a la salud internacional como se establecen
en el artículo 39 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre.
d) Elaborar, en colaboración con otros organismos públicos implicados,
planes de preparación y respuesta ante amenazas actuales o emergentes para la
salud humana.
e) Monitorizar los riesgos para la salud pública en coordinación con los
organismos implicados y realizar las evaluaciones de riesgo oportunas.
f) Desarrollar y coordinar la Red de Vigilancia en Salud Pública, que incluirá
el desarrollo de los Laboratorios Nacionales de Referencia, de acuerdo a los
principios establecidos en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, y en coordinación con
los órganos de la Administración General del Estado con competencias en la
materia y los servicios de las comunidades autónomas.
g) Planificar, coordinar, desarrollar y evaluar estrategias, planes, programas e
iniciativas de promoción de la salud, incluyendo la intersectorialidad –salud en
todas las políticas–, la equidad en salud, la promoción de entornos que promuevan
la salud en los ámbitos educativo, sanitario, laboral y local, así como el desarrollo
de la salud comunitaria y el apoyo a la creación y fortalecimiento de redes
comunitarias.
h) Planificar, coordinar, desarrollar y evaluar estrategias, planes, programas e
iniciativas de promoción de estilos de vida saludables, fomentando
específicamente el desarrollo de iniciativas, programas y actividades para la
promoción de la actividad física y la reducción del sedentarismo y la promoción de
la alimentación saludable, en coordinación con otras instituciones implicadas, así
como iniciativas de comunicación e información para promover la salud de la
ciudadanía.
i) Planificar, coordinar, desarrollar y evaluar estrategias, planes y programas
de prevención y control de enfermedades no transmisibles, lesiones y
discapacidad y sus factores de riesgo y promover el desarrollo de iniciativas,
programas y actividades para la prevención del consumo de riesgo de alcohol.
j) Planificar, coordinar, desarrollar y evaluar estrategias, planes y programas
de prevención y control de enfermedades inmunoprevenibles y de sus factores de
riesgo, incluyendo los de eliminación y erradicación de las mismas, así como
coordinar y gestionar técnicamente acuerdos para la adquisición conjunta de
vacunas a nivel nacional e internacional.
k) Planificar, coordinar, desarrollar y evaluar programas de cribado y
actividades de detección precoz.
l) Promover la salud maternal y de la infancia, así como la salud sexual y
reproductiva y la prevención de embarazos no deseados.
m) Promover el desarrollo de iniciativas, programas y actividades para la
prevención y control del tabaquismo, y ejercer las funciones de vigilancia para el
cumplimiento de la normativa, en el marco de lo previsto en el ordenamiento
jurídico.
n) Ejercer las actuaciones relacionadas con el Sistema Nacional para la
Seguridad Transfusional, en la consecución de los objetivos de autosuficiencia,
calidad, uso óptimo y seguridad de los componentes sanguíneos.
ñ) Identificar, evaluar, gestionar y comunicar los riesgos para la salud que
puedan derivarse de los condicionantes ambientales; la vigilancia de los factores
ambientales de carácter físico, químico o biológico y de las situaciones
ambientales que afectan o pueden afectar a la salud; así como la identificación de
las políticas de cualquier sector que reducen los riesgos ambientales para la salud
y la gestión de redes de vigilancia y alerta sanitaria de riesgos ambientales.
o) Elaborar y aplicar, en coordinación con el Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, el Plan Estratégico de Salud y Medio Ambiente,
como parte de la Estrategia de Salud Pública prevista en la Ley 33/2011, de 4 de
octubre, General de Salud Pública. Desarrollar planes y programas para prevenir y

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