I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2021-16232)
Real Decreto 852/2021, de 5 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de octubre de 2021

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algunas de sus competencias y se le adjudican nuevas funciones necesarias para el
desempeño correcto del departamento.
Finalmente, se actualiza la denominación de la Fundación Estatal, Salud, Infancia y
Bienestar Social, F.S.P.
El presente real decreto se fundamenta en lo previsto en el artículo 59.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula la
creación, modificación y supresión de los órganos del mismo rango que los regulados en
esta norma.
Asimismo, este real decreto cumple con los principios de buena regulación del
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Al haberse identificado los fines perseguidos con la
norma y ser esta el único modo de cumplir con dichos objetivos, se da cumplimiento a
los principios de necesidad y eficacia. La norma cumple también el principio de
proporcionalidad, dado que se ha atendido de manera exclusiva a los objetivos
perseguidos con la regulación imprescindible. En cuanto al principio de seguridad
jurídica, se ha garantizado la coherencia del proyecto normativo con el resto del
ordenamiento jurídico. La norma, además, obedece al principio de transparencia, ya que
se prevé su publicación oficial en el «Boletín Oficial del Estado». Finalmente, es también
adecuado al principio de eficiencia, pues no impone nuevas cargas y pretende maximizar
el buen funcionamiento de los recursos públicos.
En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Sanidad, a propuesta de la Ministra de
Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 5 de octubre de 2021,
DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El artículo 16.1 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece
la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, queda modificado
como sigue:
«1. El Ministerio de Sanidad se estructura en los siguientes órganos
superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Sanidad, de la que dependen los siguientes
órganos directivos:
1. La Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del
Sistema Nacional de Salud, con rango de Subsecretaría, de la que depende la
Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema
Nacional de Salud.
2. La Dirección General de Salud Pública.
3. La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional
de Salud y Farmacia.
4. La Dirección General de Ordenación Profesional.
5. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con
rango de Dirección General.
B) La Subsecretaría de Sanidad, de la que depende la Secretaría General
Técnica.»

cve: BOE-A-2021-16232
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Núm. 239