III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-16214)
Orden ICT/1073/2021, de 24 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para el fortalecimiento de los sistemas de comunicación y servicios telemáticos en asociaciones y federaciones de exportadores y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 5 de octubre de 2021

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virtud de la Orden ITC/3690/2005, de 22 de noviembre, de cara a proporcionar un
servicio eficaz y acorde a las necesidades actuales. Esta medida responde a la
necesidad de impulsar el crecimiento económico en una situación de crisis económica,
apoyándose en la digitalización e internacionalización de forma conjunta y
complementaria.
Por otro lado, en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se establece que en el ámbito de la Administración General del Estado
las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones se aprobarán por orden
ministerial.
II
Además, en atención a la necesaria urgencia para otorgar ayudas en el marco de los
fondos europeos «Next Generation EU» y de conformidad con el artículo 61.1 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, esta orden de bases incorpora la
convocatoria de las ayudas.
Esta orden se estructura por razones sistemáticas en tres capítulos. En el primer
capítulo se contiene una disposición de carácter general referente al objeto de las
ayudas. El segundo capítulo contiene las disposiciones de carácter general que
constituyen las bases reguladoras de las ayudas y que se refieren a aspectos como los
objetivos generales, los tipos de actuaciones financiables, los beneficiarios, las
características de la financiación y sus límites. El tercer capítulo regula la convocatoria
de ayudas para el año 2021.
Las bases reguladoras de las ayudas incorporan las previsiones, garantías y
controles contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las de su
reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, quedando sometidas todas las
solicitudes de ayuda al procedimiento ordinario de concesión en régimen de
concurrencia competitiva y a las normas de procedimiento definidas para él en dicha
normativa.
El fundamento competencial de la orden se encuentra el artículo 149.1. 10.ª de
la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre el régimen
aduanero y arancelario; comercio exterior, dado su papel estratégico para la economía
española.
Concretamente, en lo referente al apoyo a las Asociaciones y Federaciones de
exportadores, dicha competencia estatal queda reflejada en la Orden ITC/3690/2005,
de 22 de noviembre.
Asimismo, dicha competencia estatal se ejerce sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por el cual se otorga
competencia exclusiva a la Unión Europea en materia de la política comercial común.
Desde el punto de vista de ayudas de Estado, teniendo en cuenta que se trata de
una transferencia de fondos por parte del Estado a las Asociaciones y Federaciones de
exportadores, como beneficiarias de las ayudas reguladas por esta orden, no constituiría
ayuda de Estado en los términos previstos en los artículos 107 y 108 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), dado que las Asociaciones y
Federaciones de exportadores no realizan actividad económica en un mercado en
competencia.
Esta norma se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En este sentido, se garantizan los principios de
necesidad y eficacia, puesto que la norma resulta el instrumento más indicado para los
intereses que se persiguen, siendo el principal contribuir a la transformación digital para

cve: BOE-A-2021-16214
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Núm. 238