I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización. (BOE-A-2021-16144)
Orden DSA/1055/2021, de 23 de septiembre, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación permanente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, sus organismos públicos y entidades adscritas.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238

Martes 5 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 121659

b) El seguimiento y control de la contratación realizada en el Departamento y sus
organismos públicos y entidades adscritas, con el fin de llevar a cabo una evaluación
global de los resultados de cada ejercicio. A estos efectos, se recabará trimestralmente
de los distintos órganos directivos la información sobre preparación, adjudicación,
formalización, ejecución, incidencias y extinción de aquellos contratos en que la Junta de
Contratación no actúe como órgano de contratación. La información específica que
trimestralmente se envíe sobre contratos menores y de expedientes de adquisición
centralizada será objeto de tratamiento diferenciado.
c) La elaboración y difusión de directrices y recomendaciones sobre contratación en
el ámbito del Departamento y sus organismos públicos.
d) La elaboración, previos los informes correspondientes, de documentos
normalizados y modelos para la tramitación de las distintas modalidades de contratación,
y para la formalización del trabajo de la Junta de Contratación.
e) La evaluación anual de los resultados de la contratación administrativa en el
Ministerio y sus organismos públicos y entidades adscritas.
f) Cualquier otra función que le atribuya el titular del Departamento relacionada con
la actividad contractual del Ministerio y sus organismos públicos y entidades adscritas.
Artículo 3.

Composición de la Junta de Contratación y régimen de suplencias.

1. La Junta de Contratación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y
sus organismos públicos y entidades adscritas (IMSERSO, INJUVE y RPD), estará
compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidencia: La persona titular de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria y Gestión Económica.
b) Vicepresidencia: La persona titular de la Subdirección General Adjunta de la
Oficina Presupuestaria y Gestión Económica.
c) Vocalías:
1.º Un representante de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, de la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 o, en su caso, de los organismos públicos
dependientes, según la materia, con rango de Subdirector General o asimilado,
nombrado por la persona titular del Departamento a propuesta del titular del órgano
superior u organismo público correspondiente.
2.º Un representante de la Subsecretaría con rango de Subdirector General o
asimilado, nombrado por la persona titular del Departamento, a propuesta del titular de
este órgano directivo.
3.º Un Abogado del Estado de la Abogacía del Estado en el Departamento.
4.º Un Interventor de la Intervención Delegada en el Departamento.

2. Para las funciones señaladas en el artículo 2.2, deberá incorporarse a la Junta
de Contratación, como vocal, con voz y sin voto, un representante del órgano directivo
relacionado con el expediente de contratación que se vaya a tratar, con rango de
Subdirector General o asimilado, nombrado por el presidente de la Junta de Contratación
a propuesta del titular del órgano directivo correspondiente. Se incluye en este apartado
al representante designado por el organismo público o entidad adscrita proponente del
expediente, que será al menos un funcionario con nivel administrativo 28.
3. Para las funciones señaladas en el artículo 2.5, se incorporará como vocal de la
Junta de Contratación, con voz y voto, un representante de cada Dirección General, de
la Secretaría General Técnica y de la Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado. Dichos representantes, con rango de Subdirector General o

cve: BOE-A-2021-16144
Verificable en https://www.boe.es

d) Secretario: Un funcionario que ocupe una jefatura de servicios o de área
designado por el titular de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria y
Gestión Económica, que actuará con voz, pero sin voto.