III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-16005)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120951
que sean autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante resolución de la
Presidenta de la Entidad.
5.1.4
Hasta la cuantía de 150.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las Jefaturas de Área responsables de centros presupuestarios,
que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular de la Secretaría General, o
de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de la Dirección de Auditoría
Interna, de la Dirección Adjunta a la Presidencia, de la Dirección de Comunicación y
Reputación Corporativa y de la Dirección de Coordinación del Corredor Mediterráneo, y
que sean determinados y propuestos por los titulares de dichos órganos, en sus
correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para que sean autorizados para el
ejercicio de ésta competencia mediante resolución de la Presidenta de la Entidad.
5.1.5
Hasta la cuantía de 12.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las correspondientes Jefaturas con responsabilidad en el ámbito
económico-administrativo, que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular
de la Secretaría General, o de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de
la Dirección de Auditoría Interna, de la Dirección Adjunta a la Presidencia, de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa y de la Dirección de Coordinación
del Corredor Mediterráneo, y que sean determinados y propuestos por los titulares de
dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para que sean
autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante resolución de la Presidenta
de la Entidad.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, y con excepción de la delegación
para los pagos de nóminas, Seguridad Social y tributos, así como para los gastos de
energía y combustibles, la competencia para reconocer la obligación y proponer su pago
queda reservada a la Presidenta de la Entidad, a propuesta del titular de la Secretaria
General, de cualquiera de los titulares de las Direcciones Generales, y del titular de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa.
5.2 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para la ordenación del gasto y proponer el pago de las
obligaciones derivadas de obras ejecutadas o prestadas por terceros en concepto de
reposición de servicios:
5.2.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
En los titulares de las Direcciones Generales, a propuesta de los órganos internos
inmediatamente dependientes de aquellos, en sus respectivas áreas o ámbitos
territoriales.
Hasta la cuantía de 150.000 euros, se delega:
En los titulares de las Direcciones, a propuesta del máximo responsable del
seguimiento de la ejecución de las obras de reposición, del responsable de la tramitación
del expediente de gasto, o de los órganos internos inmediatamente dependientes de los
órganos delegados.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, la competencia para la ordenación
del gasto y proponer el pago de las obligaciones derivadas de obras ejecutadas o
prestadas por terceros en concepto de reposición de servicios queda reservada a la
Presidenta de la Entidad, a propuesta de los titulares de las Direcciones Generales.
5.3 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para reconocer las obligaciones derivadas de los expedientes
de expropiación forzosa y proponer el pago de las cuantías que resulten de los mismos.
cve: BOE-A-2021-16005
Verificable en https://www.boe.es
5.2.2
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120951
que sean autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante resolución de la
Presidenta de la Entidad.
5.1.4
Hasta la cuantía de 150.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las Jefaturas de Área responsables de centros presupuestarios,
que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular de la Secretaría General, o
de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de la Dirección de Auditoría
Interna, de la Dirección Adjunta a la Presidencia, de la Dirección de Comunicación y
Reputación Corporativa y de la Dirección de Coordinación del Corredor Mediterráneo, y
que sean determinados y propuestos por los titulares de dichos órganos, en sus
correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para que sean autorizados para el
ejercicio de ésta competencia mediante resolución de la Presidenta de la Entidad.
5.1.5
Hasta la cuantía de 12.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las correspondientes Jefaturas con responsabilidad en el ámbito
económico-administrativo, que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular
de la Secretaría General, o de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de
la Dirección de Auditoría Interna, de la Dirección Adjunta a la Presidencia, de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa y de la Dirección de Coordinación
del Corredor Mediterráneo, y que sean determinados y propuestos por los titulares de
dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para que sean
autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante resolución de la Presidenta
de la Entidad.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, y con excepción de la delegación
para los pagos de nóminas, Seguridad Social y tributos, así como para los gastos de
energía y combustibles, la competencia para reconocer la obligación y proponer su pago
queda reservada a la Presidenta de la Entidad, a propuesta del titular de la Secretaria
General, de cualquiera de los titulares de las Direcciones Generales, y del titular de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa.
5.2 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para la ordenación del gasto y proponer el pago de las
obligaciones derivadas de obras ejecutadas o prestadas por terceros en concepto de
reposición de servicios:
5.2.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
En los titulares de las Direcciones Generales, a propuesta de los órganos internos
inmediatamente dependientes de aquellos, en sus respectivas áreas o ámbitos
territoriales.
Hasta la cuantía de 150.000 euros, se delega:
En los titulares de las Direcciones, a propuesta del máximo responsable del
seguimiento de la ejecución de las obras de reposición, del responsable de la tramitación
del expediente de gasto, o de los órganos internos inmediatamente dependientes de los
órganos delegados.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, la competencia para la ordenación
del gasto y proponer el pago de las obligaciones derivadas de obras ejecutadas o
prestadas por terceros en concepto de reposición de servicios queda reservada a la
Presidenta de la Entidad, a propuesta de los titulares de las Direcciones Generales.
5.3 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para reconocer las obligaciones derivadas de los expedientes
de expropiación forzosa y proponer el pago de las cuantías que resulten de los mismos.
cve: BOE-A-2021-16005
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5.2.2