III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-16005)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120950
contratos de servicios, suministros y obras prestadas o ejecutadas por terceros, además
de las provenientes de cualquier otro concepto, como la competencia para proponer los
pagos que haya de efectuar la Entidad, con excepción de aquellas obligaciones y pagos
que correspondan a expedientes de gasto por obras de «reposición de servicios»:
5.1.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
− En el titular de la Secretaría General, en los titulares de las Direcciones Generales,
y en el titular de la Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa, a propuesta de
los órganos internos inmediatamente dependientes de aquellos.
− En el caso de gastos de energía o combustibles, la competencia de ordenar los
gastos y proponer su pago, para cuantías superiores a 1.000.000 de euros y
hasta 6.000.000 de euros, se delega en el titular de la Dirección General de Negocio y
Operaciones Comerciales, a propuesta del titular de la Dirección de Servicios Logísticos,
y para cuantías de hasta 1.000.000 de euros, se delega en el titular de la Dirección de
Servicios Logísticos.
− En el caso de nóminas y liquidaciones a la Seguridad Social, la competencia para
ordenar los gastos y proponer su pago, por importe superior a 6.000.000 de euros, se
delega en el titular de la Dirección General de Gestión de Personas, a propuesta del
titular de la Dirección de Planificación, Organización y Administración.
− En el supuesto de liquidaciones tributarias y otras obligaciones de pago que
tengan la consideración de ingreso de Derecho Público, la competencia para ordenar
gastos y proponer su pago por importe superior a 15.000.000 de euros se delega en el
titular de la Dirección General Financiera y de Control de Gestión, a propuesta del
órgano interno competente directamente dependiente de aquel. Para importes inferiores
a 15.000.000 de euros y superiores a 9.000.000 de euros, la competencia corresponderá
al titular de la Dirección de Gestión Económica y Financiación, a propuesta del titular de
la Subdirección de Cánones y Relaciones Tributarias. Para importes inferiores
a 9.000.000 de euros, la competencia corresponderá al titular de la Subdirección de
Cánones y Relaciones Tributarias.
5.1.2
Hasta la cuantía de 700.000 de euros, se delega:
5.1.3
Hasta la cuantía de 300.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las Subdirecciones y Gerencias de Área con funciones en el
ámbito económico-administrativo, que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del
titular de la Secretaría General, o de los respectivos titulares de las Direcciones
Generales, de la Dirección de Auditoría Interna, de la Dirección Adjunta a la Presidencia,
de la Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa y de la Dirección de
Coordinación del Corredor Mediterráneo, y que sean determinados y propuestos por los
titulares de dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para
cve: BOE-A-2021-16005
Verificable en https://www.boe.es
− En las Direcciones Generales: En los titulares de las correspondientes
Direcciones, a propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes de los
órganos delegados.
− En la Secretaría General: En los titulares de las Direcciones y en el titular de la
Vicesecretaría del Consejo, a propuesta de los órganos internos inmediatamente
dependientes de los órganos delegados.
− En la Dirección de Auditoría Interna: En el titular de la Dirección de Auditoría
Interna, a propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes del órgano
delegado.
− En la Dirección Adjunta a la Presidencia: En el titular de la Dirección Adjunta a la
Presidencia, a propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes del
órgano delegado.
− En la Dirección de Coordinación del Corredor Mediterráneo: En el titular de esta, a
propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes del órgano delegado.
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120950
contratos de servicios, suministros y obras prestadas o ejecutadas por terceros, además
de las provenientes de cualquier otro concepto, como la competencia para proponer los
pagos que haya de efectuar la Entidad, con excepción de aquellas obligaciones y pagos
que correspondan a expedientes de gasto por obras de «reposición de servicios»:
5.1.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
− En el titular de la Secretaría General, en los titulares de las Direcciones Generales,
y en el titular de la Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa, a propuesta de
los órganos internos inmediatamente dependientes de aquellos.
− En el caso de gastos de energía o combustibles, la competencia de ordenar los
gastos y proponer su pago, para cuantías superiores a 1.000.000 de euros y
hasta 6.000.000 de euros, se delega en el titular de la Dirección General de Negocio y
Operaciones Comerciales, a propuesta del titular de la Dirección de Servicios Logísticos,
y para cuantías de hasta 1.000.000 de euros, se delega en el titular de la Dirección de
Servicios Logísticos.
− En el caso de nóminas y liquidaciones a la Seguridad Social, la competencia para
ordenar los gastos y proponer su pago, por importe superior a 6.000.000 de euros, se
delega en el titular de la Dirección General de Gestión de Personas, a propuesta del
titular de la Dirección de Planificación, Organización y Administración.
− En el supuesto de liquidaciones tributarias y otras obligaciones de pago que
tengan la consideración de ingreso de Derecho Público, la competencia para ordenar
gastos y proponer su pago por importe superior a 15.000.000 de euros se delega en el
titular de la Dirección General Financiera y de Control de Gestión, a propuesta del
órgano interno competente directamente dependiente de aquel. Para importes inferiores
a 15.000.000 de euros y superiores a 9.000.000 de euros, la competencia corresponderá
al titular de la Dirección de Gestión Económica y Financiación, a propuesta del titular de
la Subdirección de Cánones y Relaciones Tributarias. Para importes inferiores
a 9.000.000 de euros, la competencia corresponderá al titular de la Subdirección de
Cánones y Relaciones Tributarias.
5.1.2
Hasta la cuantía de 700.000 de euros, se delega:
5.1.3
Hasta la cuantía de 300.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las Subdirecciones y Gerencias de Área con funciones en el
ámbito económico-administrativo, que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del
titular de la Secretaría General, o de los respectivos titulares de las Direcciones
Generales, de la Dirección de Auditoría Interna, de la Dirección Adjunta a la Presidencia,
de la Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa y de la Dirección de
Coordinación del Corredor Mediterráneo, y que sean determinados y propuestos por los
titulares de dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para
cve: BOE-A-2021-16005
Verificable en https://www.boe.es
− En las Direcciones Generales: En los titulares de las correspondientes
Direcciones, a propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes de los
órganos delegados.
− En la Secretaría General: En los titulares de las Direcciones y en el titular de la
Vicesecretaría del Consejo, a propuesta de los órganos internos inmediatamente
dependientes de los órganos delegados.
− En la Dirección de Auditoría Interna: En el titular de la Dirección de Auditoría
Interna, a propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes del órgano
delegado.
− En la Dirección Adjunta a la Presidencia: En el titular de la Dirección Adjunta a la
Presidencia, a propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes del
órgano delegado.
− En la Dirección de Coordinación del Corredor Mediterráneo: En el titular de esta, a
propuesta de los órganos internos inmediatamente dependientes del órgano delegado.