III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-16025)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad de Granada y la Tesorería General de la Seguridad Social, para la colaboración con el Máster en Derecho de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Viernes 1 de octubre de 2021

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pudiendo ser prorrogado antes del término del mismo por acuerdo unánime de los
firmantes y por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
2. El contenido del presente Convenio podrá ser modificado de mutuo acuerdo en
cualquier momento, a cuyo efecto las partes suscribirán la correspondiente adenda al
mismo.
3. En caso de resolución por incumplimiento de las obligaciones y compromisos
asumidos por parte de alguno de los firmantes, la parte afectada podrá exigir a la
incumplidora la indemnización por daños y perjuicios que legalmente le corresponda,
atendiendo, a estos efectos, a las consecuencias que dichos incumplimientos hayan
causado fijándose como criterio para determinar la posible indemnización el daño
económico causado una vez esté debidamente cuantificado.
4. Son causas de extinción del Convenio además de las previstas en el artículo 51
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las siguientes:
a) Por denuncia de alguna de las partes con antelación mínima de un mes.
b) La desaparición del objeto del mismo.
Octava. Protección de datos personales.
Las partes se comprometen a tratar los datos personales necesarios para la
ejecución del presente Convenio de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales (LOPDGDD).
Las partes se exoneran mutuamente de cualquier responsabilidad que se pudiera
generar por el incumplimiento por una de ellas de las obligaciones derivadas de la
normativa de protección de datos personales.
Novena.

Transparencia.

Este Convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Décima. Difusión.
La UGR y la TGSS se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos
como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y publicidad de las
actividades objeto del presente Convenio, sujeto a las reglas e instrucciones que ambas
instituciones puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto.
Naturaleza del Convenio.

El Convenio tiene naturaleza administrativa, incardinado en el supuesto del
artículo 47.2a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público.
En todo caso se regirá por lo establecido en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente Convenio en todas sus hojas, en el lugar y fecha al
principio indicados.–Por la Universidad de Granada, María Pilar Aranda Ramírez.–Por
la DP de la TGSS en Granada, Inmaculada Hidalgo Gámez.

cve: BOE-A-2021-16025
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.