III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-16016)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Adecuación de la intersección de la N-502, en el P.K. 92+700 con la carretera TO-1291 a Parrillas y Navalcán (Toledo)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121098
absorbente y se procedería rápidamente a la retirada del suelo contaminado siendo
gestionado como un residuo peligroso.
En la fase de explotación, la posibilidad de contaminación por vertidos incontrolados
o accidentales se verá reducida por la mejora en el trazado de la vía.
Hidrología superficial y subterránea
Las actuaciones no inciden en ningún curso continuo de agua, solo en pequeñas
vaguadas que recogen agua en periodos de lluvia. A este respecto la Confederación
Hidrográfica del Tajo indica que la actividad no tendrá ningún tipo de interferencia con
aguas superficiales (ni dominio público hidráulico ni zonas de policía). No obstante, este
organismo señala que las actuaciones se encuentran dentro la Zona Sensible del área
de captación «Embalse de Navalcán-ESCM493» y dentro de la Zona Vulnerable
«Madrid-Talavera-Tiétar-ZVULES42_5» recogidas en el PHT 2015-2021, y al respecto
hace una serie de consideraciones que el promotor ha asumido íntegramente:
– Las captaciones de aguas públicas deberán de disponer de la correspondiente
autorización, cuyo otorgamiento corresponde a la citada confederación.
– Todos aquellos vertidos de aguas residuales que se produzcan debidos a las
posibles actividades que se generen, deberán contar con la preceptiva autorización, de
acuerdo con la vigente legislación de aguas, y en particular con el artículo 245 y
siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
– Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas
unidades de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de
contaminación de aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros
compuestos. Se recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la
contaminación de las aguas.
– En la fase de proyecto se gestionarán adecuadamente los residuos para evitar
afecciones a los cursos de agua tanto superficiales como subterráneos. En la fase de
explotación se evitará cualquier vertido de sustancias contaminantes de forma que todos
los residuos sean gestionados por un gestor autorizado; si se produjeran vertidos
accidentales de aceites, lubricantes, etc., se procederá a su inertización.
– Un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte
de sólidos a los cauces, por lo que se solicita tomar medidas para evitarlo.
En lo que se refiere a la hidrogeología, no se han identificado masas de agua
subterránea bajo la zona de actuación. No obstante, el promotor señala que, partiendo
de que la ocurrencia de un vertido accidental es de baja probabilidad, y de muy fácil
aplicación de medidas, se considera el impacto como compatible. Entre otras medidas
de protección del sistema hídrico, el promotor propone no realizar vertido de residuos o
tierras en áreas desde las que directamente o por erosión o escorrentía se pueda afectar
el sistema hidrológico, evitar vertidos en los suelos que puedan penetrar y contaminar los
acuíferos y preparar todas las instalaciones de almacenamiento y distribución de
sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico, como los depósitos de
combustibles, debidamente sellados y estancos para evitar la infiltración a las aguas
subterráneas.
En la fase de explotación, el promotor señala que no se producirán efectos negativos
mayores a los que existían previamente a la realización del proyecto, ya que la mayor
afección posible puede ser el vertido accidental de algún contaminante al cauce y la
probabilidad de que esto ocurra será menor, ya que con el proyecto se mejora la
seguridad vial.
cve: BOE-A-2021-16016
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121098
absorbente y se procedería rápidamente a la retirada del suelo contaminado siendo
gestionado como un residuo peligroso.
En la fase de explotación, la posibilidad de contaminación por vertidos incontrolados
o accidentales se verá reducida por la mejora en el trazado de la vía.
Hidrología superficial y subterránea
Las actuaciones no inciden en ningún curso continuo de agua, solo en pequeñas
vaguadas que recogen agua en periodos de lluvia. A este respecto la Confederación
Hidrográfica del Tajo indica que la actividad no tendrá ningún tipo de interferencia con
aguas superficiales (ni dominio público hidráulico ni zonas de policía). No obstante, este
organismo señala que las actuaciones se encuentran dentro la Zona Sensible del área
de captación «Embalse de Navalcán-ESCM493» y dentro de la Zona Vulnerable
«Madrid-Talavera-Tiétar-ZVULES42_5» recogidas en el PHT 2015-2021, y al respecto
hace una serie de consideraciones que el promotor ha asumido íntegramente:
– Las captaciones de aguas públicas deberán de disponer de la correspondiente
autorización, cuyo otorgamiento corresponde a la citada confederación.
– Todos aquellos vertidos de aguas residuales que se produzcan debidos a las
posibles actividades que se generen, deberán contar con la preceptiva autorización, de
acuerdo con la vigente legislación de aguas, y en particular con el artículo 245 y
siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
– Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas
unidades de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de
contaminación de aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros
compuestos. Se recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la
contaminación de las aguas.
– En la fase de proyecto se gestionarán adecuadamente los residuos para evitar
afecciones a los cursos de agua tanto superficiales como subterráneos. En la fase de
explotación se evitará cualquier vertido de sustancias contaminantes de forma que todos
los residuos sean gestionados por un gestor autorizado; si se produjeran vertidos
accidentales de aceites, lubricantes, etc., se procederá a su inertización.
– Un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte
de sólidos a los cauces, por lo que se solicita tomar medidas para evitarlo.
En lo que se refiere a la hidrogeología, no se han identificado masas de agua
subterránea bajo la zona de actuación. No obstante, el promotor señala que, partiendo
de que la ocurrencia de un vertido accidental es de baja probabilidad, y de muy fácil
aplicación de medidas, se considera el impacto como compatible. Entre otras medidas
de protección del sistema hídrico, el promotor propone no realizar vertido de residuos o
tierras en áreas desde las que directamente o por erosión o escorrentía se pueda afectar
el sistema hidrológico, evitar vertidos en los suelos que puedan penetrar y contaminar los
acuíferos y preparar todas las instalaciones de almacenamiento y distribución de
sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico, como los depósitos de
combustibles, debidamente sellados y estancos para evitar la infiltración a las aguas
subterráneas.
En la fase de explotación, el promotor señala que no se producirán efectos negativos
mayores a los que existían previamente a la realización del proyecto, ya que la mayor
afección posible puede ser el vertido accidental de algún contaminante al cauce y la
probabilidad de que esto ocurra será menor, ya que con el proyecto se mejora la
seguridad vial.
cve: BOE-A-2021-16016
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 235