III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-16015)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Nueva Estación Depuradora de Aguas Residuales de Isla Mayor (Sevilla)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121088
No se prevén cambios en los usos del suelo existentes derivados del proyecto, ya
que la ampliación proyectada de la EDAR tendrá lugar en una parcela contigua a la
actual propiedad del ayuntamiento.
Los cursos de agua presentes en el entorno son el río Guadalquivir y el Brazo de la
Torre del oeste. El vertido tiene lugar en la masa de agua superficial de transición
ES050MSPF013213007 «Cortas de los Jerónimos, los Olivos y Fernandina», muy
modificada, tipo AMP-T01 (aguas de transición atlántica de renovación baja), que no
alcanza los objetivos medioambientales por presentar un potencial ecológico deficiente
por incumplimientos den las condiciones de nitrógeno, según indica Oficina de
Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
La vegetación presente en el emplazamiento de ampliación de la EDAR es un
pastizal muy degradado de escaso valor ecológico y práctica ausencia de arbolado y
arbustos.
Las obras previstas en el proyecto no tendrán lugar en el interior de Espacios
Naturales Protegidos ni de la Red Natura 2000. La EDAR prevé verter el efluente
depurado al meandro de San Jerónimo, que recorre una distancia de unos 5 km antes de
desembocar en el Guadalquivir, en un área que es espacio de la Red Natura 2000 ZEC
ES6150019 «Bajo Guadalquivir», cuyas prioridades de conservación son el ecosistema
fluvial en su conjunto, su función de conectividad y los peces incluidos en el anexo II de
la Directiva Hábitats. A unos 2,5 km del municipio de Isla Mayor se encuentra la ZEC y
ZEPA Doñana (ES0000024) que forma también parte del Parque Natural y Humedal
Ramsar del mismo nombre y entre cuyas prioridades de conservación se incluyen las
aves acuáticas.
El núcleo de Isla Mayor y la zona donde se prevé construir la nueva EDAR se
encuentran en una zona de transición de la Reserva de Biosfera Doñana, no habiéndose
puesto de manifiesto que el proyecto pueda perjudicar los objetivos de la Reserva ni las
actuales formas de explotación sostenible de los recursos de esta zona.
El Servicio de Coordinación y Gestión RENPA de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de Andalucía indica que la zona de
actuación se solapa o ubica próxima al ámbito de aplicación del Plan de Recuperación
del águila imperial ibérica y el Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas
(ámbito de Milano real).
Características del potencial impacto
Población, salud humana: Durante la fase de obras, se generarán molestias propias
de los procesos de construcción, como generación de ruido o emisión de partículas a la
atmósfera, que se pueden minimizar con la aplicación de medidas preventivas y
correctoras, como las citadas en el apartado aire, considerándose impacto compatible.
Para la fase de explotación, se prevé un impacto positivo debido a la mejora de la
calidad de las aguas y la salubridad de los cauces del entorno que redundará en la
calidad de vida de la población del núcleo afectado. Para evitar la generación de olores,
se ha previsto la instalación de sistemas de desodorización, como la torre de carbón
activo y ventilador.
No obstante, la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
señala que el proyecto no se encuentra incluido en la excepción establecida en el
apartado c) del artículo 3 del Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se
establece el procedimiento de evaluación del impacto en la salud de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, indicando la necesidad de presentar la correspondiente
valoración de impacto en salud para su evaluación dentro del procedimiento ambiental
autonómico.
Flora, fauna, biodiversidad: Los impactos tendrán lugar principalmente en la fase de
obras por el despeje de las zonas afectadas y las emisiones de polvo. La vegetación que
en la parcela se verá afectada carece de valor especial, siendo el entorno cultivos.
Tampoco son previsibles impactos especiales sobre la fauna por ocupación y molestias
cve: BOE-A-2021-16015
Verificable en https://www.boe.es
c)
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121088
No se prevén cambios en los usos del suelo existentes derivados del proyecto, ya
que la ampliación proyectada de la EDAR tendrá lugar en una parcela contigua a la
actual propiedad del ayuntamiento.
Los cursos de agua presentes en el entorno son el río Guadalquivir y el Brazo de la
Torre del oeste. El vertido tiene lugar en la masa de agua superficial de transición
ES050MSPF013213007 «Cortas de los Jerónimos, los Olivos y Fernandina», muy
modificada, tipo AMP-T01 (aguas de transición atlántica de renovación baja), que no
alcanza los objetivos medioambientales por presentar un potencial ecológico deficiente
por incumplimientos den las condiciones de nitrógeno, según indica Oficina de
Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
La vegetación presente en el emplazamiento de ampliación de la EDAR es un
pastizal muy degradado de escaso valor ecológico y práctica ausencia de arbolado y
arbustos.
Las obras previstas en el proyecto no tendrán lugar en el interior de Espacios
Naturales Protegidos ni de la Red Natura 2000. La EDAR prevé verter el efluente
depurado al meandro de San Jerónimo, que recorre una distancia de unos 5 km antes de
desembocar en el Guadalquivir, en un área que es espacio de la Red Natura 2000 ZEC
ES6150019 «Bajo Guadalquivir», cuyas prioridades de conservación son el ecosistema
fluvial en su conjunto, su función de conectividad y los peces incluidos en el anexo II de
la Directiva Hábitats. A unos 2,5 km del municipio de Isla Mayor se encuentra la ZEC y
ZEPA Doñana (ES0000024) que forma también parte del Parque Natural y Humedal
Ramsar del mismo nombre y entre cuyas prioridades de conservación se incluyen las
aves acuáticas.
El núcleo de Isla Mayor y la zona donde se prevé construir la nueva EDAR se
encuentran en una zona de transición de la Reserva de Biosfera Doñana, no habiéndose
puesto de manifiesto que el proyecto pueda perjudicar los objetivos de la Reserva ni las
actuales formas de explotación sostenible de los recursos de esta zona.
El Servicio de Coordinación y Gestión RENPA de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de Andalucía indica que la zona de
actuación se solapa o ubica próxima al ámbito de aplicación del Plan de Recuperación
del águila imperial ibérica y el Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas
(ámbito de Milano real).
Características del potencial impacto
Población, salud humana: Durante la fase de obras, se generarán molestias propias
de los procesos de construcción, como generación de ruido o emisión de partículas a la
atmósfera, que se pueden minimizar con la aplicación de medidas preventivas y
correctoras, como las citadas en el apartado aire, considerándose impacto compatible.
Para la fase de explotación, se prevé un impacto positivo debido a la mejora de la
calidad de las aguas y la salubridad de los cauces del entorno que redundará en la
calidad de vida de la población del núcleo afectado. Para evitar la generación de olores,
se ha previsto la instalación de sistemas de desodorización, como la torre de carbón
activo y ventilador.
No obstante, la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
señala que el proyecto no se encuentra incluido en la excepción establecida en el
apartado c) del artículo 3 del Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se
establece el procedimiento de evaluación del impacto en la salud de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, indicando la necesidad de presentar la correspondiente
valoración de impacto en salud para su evaluación dentro del procedimiento ambiental
autonómico.
Flora, fauna, biodiversidad: Los impactos tendrán lugar principalmente en la fase de
obras por el despeje de las zonas afectadas y las emisiones de polvo. La vegetación que
en la parcela se verá afectada carece de valor especial, siendo el entorno cultivos.
Tampoco son previsibles impactos especiales sobre la fauna por ocupación y molestias
cve: BOE-A-2021-16015
Verificable en https://www.boe.es
c)