III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-16004)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia, para establecer los criterios y el procedimiento operativo para la prevención y extinción de incendios y otros siniestros dentro del ámbito portuario de coincidencia competencial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Viernes 1 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 120938

III. Que las peculiaridades de las necesidades objeto del presente Convenio, cuyo
contenido se especifica más adelante, justifican la realización del presente documento,
por lo que ambas partes, estando de acuerdo, otorgan un Convenio en base a las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este Convenio consiste en determinar las condiciones y principios de
actuación para la prestación de servicios de prevención y control de emergencias en
materia de protección civil, prevención, extinción de incendios y salvamento, a realizar en
el ámbito físico de competencia de la Autoridad Portuaria de Bilbao coincidentes con la
territorialidad sobre la que el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento de la Diputación Foral de Bizkaia ejerce sus competencias.
A estos efectos, se entiende ámbito físico de la Autoridad Portuaria de Bilbao
coincidente, el comprendido por su vigente zona de servicio portuaria, incluidos los
buques, excluidas las correspondientes al territorio del Municipio de Bilbao.
Quedan igualmente excluidas del presente Convenio, las actuaciones para el control
de las situaciones de emergencia que puedan darse en el interior de las instalaciones
industriales en régimen de concesión administrativa, cuyos titulares estén obligados por
la legislación vigente a disponer de sistemas de autoprotección, dotados de sus propios
medios, entre las cuales se encuentran las empresas sujetas a las disposiciones de la
Directiva 2012/18/UE - SEVESO III. No obstante, el que las citadas actividades deban
disponer de las necesarias medidas de autoprotección y control de emergencias no
impide que el Servicio de Prevención Extinción de Incendios y Salvamento de la
Diputación Foral de Bizkaia acuda a dar respuesta a la emergencia, en caso necesario.
Segunda.

Obligaciones y compromisos.

Para la consecución de los objetivos, las partes que suscriben el presente Convenio
acuerdan el siguiente régimen de obligaciones y compromisos:

a. Atender las intervenciones en incendios y/o siniestros producidos en el ámbito
portuario, colaborando asimismo en el desarrollo de las funciones de autoprotección para
acciones de prevención de riesgos, alarma, evacuación y socorro, así como extinción de
incendios, rescate, salvamento y rehabilitación de servicios esenciales, conjuntamente
con la Autoridad Portuaria de Bilbao, integrándose en la organización de autoprotección,
tal y como dicta el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, en su artículo 123 apartado
b), y el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
b. Constituirse como grupo de intervención del Puerto de Bilbao, tal y como se
recoge en su Plan de Autoprotección.
c. Colaborar con la Autoridad Portuaria de Bilbao en la investigación y análisis de
siniestros.
d. Colaborar con la Autoridad Portuaria de Bilbao en la realización de proyectos e
informes de nuevas obras o reformas en todo lo relacionado con las instalaciones contra
incendios y la seguridad en general (safety): evacuación, aforos, sectorización, etc., así
como su inspección y verificación.
e. Disponer de la presencia física de un retén de tres (3) bomberos conductores/
bomberas conductoras, con los medios técnicos necesarios, en las labores de carga y
descarga de Mercancías Peligrosas consideradas de «especial peligrosidad», a criterio
conjunto del Departamento de Prevención de la Autoridad Portuaria de Bilbao y del
Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, sin cargo de honorarios

cve: BOE-A-2021-16004
Verificable en https://www.boe.es

1. A la Diputación Foral de Bizkaia, a través del Servicio de Prevención, Extinción
de Incendios y Salvamento, le corresponde: