III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Aeropuertos. (BOE-A-2021-15917)
Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba el Documento de Regulación Aeroportuaria 2022-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 120334

Tabla Anexo 3.16. Indicador OTAC-02.- Demora debida a la infraestructura aeroportuaria
OTRAS ÁREAS CLAVE
OTAC-02.- Demora debida a la infraestructura aeroportuaria

DEFINICIÓN

Demora media en minutos clasificada como código 87 (infraestructura aeroportuaria) según el
manual de handling en aeropuertos (Airport Handling Manual) de IATA por cada operación IFR de
salida.

OBJETO DEL
INDICADOR

Conocer la eficiencia en la gestión de operaciones por parte del gestor aeroportuario, a través de
las demoras originadas por las instalaciones aeroportuarias en las operaciones de salida.

ÁMBITO DE
APLICACIÓN

Todos los aeropuertos de la red de Aena con tráfico comercial de pasajeros para los que se
proporcionan datos de demora por la oficina Central Office for Delay Analysis (CODA), de
Eurocontrol.
Se calculará el número de minutos de demora media clasificada como código 87 por cada vuelo
IFR de salida.

Dónde:


NIVEL
OBJETIVO

INCENTIVA/
PENALIZA

: Nº de vuelos IFR con demora clasificada con código 87.



Minutos de demora clasificadas como código 87 en la operación de salida i.



Nº total de operaciones IFR de salida.

Para todos aquellos aeropuertos en los que se disponga de datos de la demora considerada,
obtenidos de la Central Office for Delay Analysis (CODA), de Eurocontrol, se tomará como nivel
de demora objetivo el peor resultado de demora anual obtenido durante el periodo de referencia
(años 2018 y 2019).
No

cve: BOE-A-2021-15917
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MÉTRICA