III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Aeropuertos. (BOE-A-2021-15917)
Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba el Documento de Regulación Aeroportuaria 2022-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120275
supervisión y seguimiento de las inversiones programadas, recogidos en el Anexo 6, y
las siguientes condiciones particulares según tipología de inversión:
Las inversiones estratégicas serán de obligado cumplimiento, no permitiéndose
modificaciones ni en su alcance ni en su fecha de finalización, y su incumplimiento
será objeto de penalizaciones, tal y como se recoge en el Anexo A7.2.
Las inversiones normativas habrán de cumplir estrictamente las condiciones que
establezca la normativa y estarán sujetas al plazo de cumplimiento que se
establezca en la norma de referencia, exógeno al DORA, así como a las fechas de
ejecución propuestas en el programa de inversiones para el quinquenio. Este plazo
podrá modificarse si la autoridad competente de la normativa así lo manifiesta de
manera formal y justificada.
Las inversiones relevantes requerirán una autorización previa por parte de la DGAC
para su anulación total o sustitución por otra inversión. En lo referente a la
modificación de su alcance o plazo será necesaria una justificación adecuada
conforme a lo previsto en el Anexo A6.5 del presente documento.
Independientemente de la tipología de cada inversión, el importe finalmente ejecutado
de una actuación concreta podrá diferir del programado inicialmente debido a posibles
eficiencias que puedan producirse en la fase de contratación administrativa, o por otras
circunstancias.
Las condiciones detalladas en los párrafos anteriores serán permitidas siempre que los
niveles de inversión efectivamente realizados no afecten al cumplimiento de los
requisitos de capacidad, calidad y condiciones de servicio, entre otros, establecidos en
el DORA 2022-2026, ni a las obligaciones particulares que requiera cada tipología de
cve: BOE-A-2021-15917
Verificable en https://www.boe.es
inversión.
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120275
supervisión y seguimiento de las inversiones programadas, recogidos en el Anexo 6, y
las siguientes condiciones particulares según tipología de inversión:
Las inversiones estratégicas serán de obligado cumplimiento, no permitiéndose
modificaciones ni en su alcance ni en su fecha de finalización, y su incumplimiento
será objeto de penalizaciones, tal y como se recoge en el Anexo A7.2.
Las inversiones normativas habrán de cumplir estrictamente las condiciones que
establezca la normativa y estarán sujetas al plazo de cumplimiento que se
establezca en la norma de referencia, exógeno al DORA, así como a las fechas de
ejecución propuestas en el programa de inversiones para el quinquenio. Este plazo
podrá modificarse si la autoridad competente de la normativa así lo manifiesta de
manera formal y justificada.
Las inversiones relevantes requerirán una autorización previa por parte de la DGAC
para su anulación total o sustitución por otra inversión. En lo referente a la
modificación de su alcance o plazo será necesaria una justificación adecuada
conforme a lo previsto en el Anexo A6.5 del presente documento.
Independientemente de la tipología de cada inversión, el importe finalmente ejecutado
de una actuación concreta podrá diferir del programado inicialmente debido a posibles
eficiencias que puedan producirse en la fase de contratación administrativa, o por otras
circunstancias.
Las condiciones detalladas en los párrafos anteriores serán permitidas siempre que los
niveles de inversión efectivamente realizados no afecten al cumplimiento de los
requisitos de capacidad, calidad y condiciones de servicio, entre otros, establecidos en
el DORA 2022-2026, ni a las obligaciones particulares que requiera cada tipología de
cve: BOE-A-2021-15917
Verificable en https://www.boe.es
inversión.