III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Aeropuertos. (BOE-A-2021-15917)
Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba el Documento de Regulación Aeroportuaria 2022-2026.
144 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 120274

5. Inversiones relevantes
Continuando con el criterio adoptado en el DORA 2017-2021, se definen como
inversiones relevantes aquellas que, por su necesidad funcional o por el impacto que
pueden tener en la eficiencia de la gestión aeroportuaria, requieren de un seguimiento
diferenciado.
En concreto, el presente DORA establece como inversiones relevantes aquellas que,
sin haber sido consideradas estratégicas, están relacionadas con la navegación aérea,
la dotación de capacidad en infraestructuras, la eficiencia y el ahorro energético, el
fomento de la utilización de energías renovables y el esfuerzo en términos de
innovación. Las inversiones relevantes para ejecutar en el periodo 2022-2026 se
identifican en el Anexo 6.
6. Otras inversiones
El programa de inversiones reconocido por el DORA 2022-2026 incluye, entre otras,
dotaciones presupuestarias para reposiciones y mantenimiento, que son necesarias
para la gestión aeroportuaria ordinaria. En este sentido, Aena utilizará estas inversiones
para garantizar el correcto funcionamiento del aeropuerto, acometer actuaciones de
difícil previsión, y como reserva para contingencias, asegurando en todo momento el
perfecto mantenimiento de la base de activos existentes en todos los aeropuertos de la
red.
7. Condiciones sobre el volumen de inversión anual por aeropuerto
Aena comunicará al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de
la DGAC, y atendiendo al procedimiento previsto en el Anexo A6.5, cualquier desviación
prevista en la ejecución del volumen de inversión anual por aeropuerto que suponga
una reducción superior al 20% con respecto al volumen de inversión planificado en el
DORA que se define en el Anexo 6 para dicho año y aeropuerto. Dicha variación será
justificada convenientemente conforme al procedimiento establecido en el Anexo 6 del
presente documento y requerirá la aprobación de la DGAC.

5.5.2 Programa de inversión y desviaciones sobre la inversión programada

De acuerdo con el artículo 29.1.f) de la Ley 18/2014, el DORA 2022-2026 establece que
Aena podrá modificar la composición de la inversión anual programada y su distribución
por categoría de activo y aeropuerto, siempre y cuando se respete la cuantía de la
inversión total reconocida para el periodo, los criterios y procedimientos para la

cve: BOE-A-2021-15917
Verificable en https://www.boe.es

El Anexo 6 contiene el programa de inversiones del DORA 2022-2026.