III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-15923)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la colaboración con el Real Jardín Botánico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 120407

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración institucional entre el
CSIC-RJB y el MNP en los siguientes ámbitos de actuación:
1. Intervención anual del Real Jardín Botánico en el patio del ábside del Museo
Nacional del Prado u otro espacio a convenir. Dicha intervención consistirá en una
instalación botánica, de flores o plantas en maceta, que podrá ser concebida y
desarrollada por los alumnos que participen en la Escuela Taller del CSIC-RJB. La
instalación tendrá lugar una vez al año, en la época y con la duración a convenir entre
ambas instituciones mediante Comisión de Seguimiento.
2. Utilización de espacios para la celebración de eventos y visitas privadas en
ambas instituciones, fuera del horario de apertura al público. El MNP autorizará al CSICRJB hasta tres visitas privadas al año para un máximo de cincuenta personas y el CSICRJB cederá sus espacios exteriores al MNP hasta en tres ocasiones al año para la
celebración de algún tipo de acto.
3. Gratuidad para la entrada de los empleados del CSIC-RJB y el MNP, mostrando
la acreditación de personal de las respectivas instituciones en los respectivos puntos de
acceso para facilitarles la entrada, y quedando excluidas las respectivas exposiciones
temporales.
4. Fomento de la visita conjunta a ambas instituciones mediante el establecimiento
de medidas que favorezcan el trasvase y el intercambio de públicos.
Segunda.

Ámbito y configuración.

Las actividades 1 y 2 definidas en la cláusula primera tendrán lugar en los espacios
del MNP y del CSIC-RJB según corresponda. Para su fijación, las áreas específicas de
cada institución, en atención a sus respectivas agendas, concretarán los espacios y
fechas disponibles para su celebración mediante acuerdo en la Comisión de Seguimiento
reflejada en la cláusula quinta.
Respecto de la actividad 4, las medidas concretas para su desarrollo serán
acordadas por las partes firmantes guiándose a tal fin por los principios generales de las
relaciones ínter administrativas, en especial, los principios de cooperación y coordinación
ínter administrativa exigidos por el artículo 140 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. En dicha coordinación quedará comprenderá las
acciones necesarias para que cada una de las partes firmantes, en ejercicio de sus
respectivas competencias, dicte resolución administrativa destinada al fomento de la
visita conjunta a ambas instituciones mediante el establecimiento de medidas que
favorezcan el trasvase y el intercambio de públicos.
A tal fin, la Comisión de Seguimiento será la encargada de elaborar las propuestas
de fomento de la visita conjunta a ambas instituciones mediante el establecimiento de
medidas que favorezcan el trasvase y el intercambio de públicos que serán elevadas a
las partes firmantes.

El CSIC-RJB y el MNP, para el cumplimento del objeto de este Convenio, se
comprometen a colaborar en el desarrollo del mismo, asumiendo las siguientes
obligaciones:
1.

Obligaciones del Real Jardín Botánico:

– El CSIC-RJB facilitará el proyecto, el personal y los recursos necesarios para el
desarrollo de las actividades objeto de este Convenio.

cve: BOE-A-2021-15923
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Compromisos de las partes.