III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-15929)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Recuperación del desagüe de fondo y mejora de la capacidad del desagüe regulador de la presa del Tranco de Beas (Jaén)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120451
arreglo y refuerzo del canal del desagüe regulador existente, en mantener prácticamente
inoperativo el desagüe de fondo y en mantener como operativa la toma de la central
hidroeléctrica de la presa; alternativa 1, clausura del desagüe de fondo y mejora de la
capacidad del desagüe regulador; alternativa 2, recuperación del desagüe de fondo y
mejora de la capacidad del desagüe regulador; y alternativa 3, construcción de un nuevo
desagüe de fondo, clausura del existente y mejora de la capacidad del desagüe
regulador. El estudio de impacto ambiental, tras realizar un examen comparativo
multicriterio desde los puntos de vista técnico, ambiental y económico de las alternativas
planteadas, concluye seleccionando la alternativa 3. Se sobrentiende, por tanto, que la
alternativa 3 es la seleccionada por el promotor para su proyecto. La descripción de la
alternativa seleccionada por el promotor se ha resumido anteriormente en el apartado
sobre descripción y localización de proyecto.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
El estudio de impacto ambiental incluye un capítulo donde se identifican y analizan
los impactos potenciales del proyecto sobre diferentes factores ambientales y otro donde
se recogen una serie de medidas preventivas, correctoras y compensatorias. Asimismo,
incluye un capítulo relativo al programa de vigilancia ambiental.
A la vista del estudio de impacto ambiental y de las contestaciones recibidas a las
consultas practicadas, así como de la Resolución de 27 de junio de 2017 de la
Secretaría de Estado de Medio Ambiente citada anteriormente, se reflejan a continuación
los impactos más significativos de la alternativa elegida por el promotor y su tratamiento.
El proyecto se localiza dentro del espacio Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas,
que cuenta con las siguientes figuras de protección: zona especial de protección (ZEC) y
zona de especial protección para las aves (ZEPA) –espacios protegidos Red
Natura 2000–; parque natural –espacio natural protegido–; y reserva de la biosfera –área
protegida por instrumento internacional–. El estudio de impacto ambiental explica que la
aplicación práctica de los criterios del Programa MaB de Reservas de la Biosfera se ha
llevado a cabo mediante la declaración del espacio como parque natural.
De acuerdo con el Decreto 191/2017, de 28 de noviembre, por el que se declara la
zona especial de conservación Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas (ES0000035) y se
aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y
Gestión del Parque Natural Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas, las prioridades de
conservación sobre las que se orientará la gestión y conservación de la ZEC y la ZEPA
son las siguientes: pastizales calizos de alta montaña, bosques de pinos endémicos,
bosques caducifolios, hábitats de interés comunitario y especies vinculadas a
ecosistemas acuáticos, flora endémica amenazada, topillo de Cabrera, trucha común,
cangrejo de río autóctono, aves rapaces amenazadas, cuevas y simas, quirópteros
forestales y lagartija de Valverde.
Del estudio de impacto ambiental resulta que el proyecto ocupará una superficie
total, entre obras permanentes y temporales, de 5188 m², lo que representa
un 0,00025 % del área del parque natural y espacio protegido Red Natura 2000 citado.
De esa superficie total de ocupación prevista, 3184 m² se corresponden con obras sobre
infraestructuras de la presa existente y 2004 m², con obras sobre terrenos de nueva
ocupación (1062 m² de carácter temporal y 942 m² de carácter permanente), según mide
el estudio de impacto de impacto ambiental.
Las obras que implicarán la ocupación de nuevos terrenos se corresponden con las
actuaciones asociadas a la construcción del cuenco amortiguador del desagüe de fondo
y a la disposición de la escollera de protección en el cauce en el punto de vertido del
desagüe regulador. El estudio de impacto ambiental explica que la ejecución del citado
cuenco amortiguador tiene lugar en una zona que ya actúa como tal o zona de salida de
los caudales del desagüe de fondo y del desagüe regulador (sin existir obra adecuada
para ello); que, en esa zona, existen una zona encharcada consecuencia de las
filtraciones y caudales vertidos del desagüe de fondo y del desagüe regulador y una
«isla» dentro de esa zona encharcada donde han crecido unos chopos; que esa zona,
cve: BOE-A-2021-15929
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 234
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Sec. III. Pág. 120451
arreglo y refuerzo del canal del desagüe regulador existente, en mantener prácticamente
inoperativo el desagüe de fondo y en mantener como operativa la toma de la central
hidroeléctrica de la presa; alternativa 1, clausura del desagüe de fondo y mejora de la
capacidad del desagüe regulador; alternativa 2, recuperación del desagüe de fondo y
mejora de la capacidad del desagüe regulador; y alternativa 3, construcción de un nuevo
desagüe de fondo, clausura del existente y mejora de la capacidad del desagüe
regulador. El estudio de impacto ambiental, tras realizar un examen comparativo
multicriterio desde los puntos de vista técnico, ambiental y económico de las alternativas
planteadas, concluye seleccionando la alternativa 3. Se sobrentiende, por tanto, que la
alternativa 3 es la seleccionada por el promotor para su proyecto. La descripción de la
alternativa seleccionada por el promotor se ha resumido anteriormente en el apartado
sobre descripción y localización de proyecto.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
El estudio de impacto ambiental incluye un capítulo donde se identifican y analizan
los impactos potenciales del proyecto sobre diferentes factores ambientales y otro donde
se recogen una serie de medidas preventivas, correctoras y compensatorias. Asimismo,
incluye un capítulo relativo al programa de vigilancia ambiental.
A la vista del estudio de impacto ambiental y de las contestaciones recibidas a las
consultas practicadas, así como de la Resolución de 27 de junio de 2017 de la
Secretaría de Estado de Medio Ambiente citada anteriormente, se reflejan a continuación
los impactos más significativos de la alternativa elegida por el promotor y su tratamiento.
El proyecto se localiza dentro del espacio Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas,
que cuenta con las siguientes figuras de protección: zona especial de protección (ZEC) y
zona de especial protección para las aves (ZEPA) –espacios protegidos Red
Natura 2000–; parque natural –espacio natural protegido–; y reserva de la biosfera –área
protegida por instrumento internacional–. El estudio de impacto ambiental explica que la
aplicación práctica de los criterios del Programa MaB de Reservas de la Biosfera se ha
llevado a cabo mediante la declaración del espacio como parque natural.
De acuerdo con el Decreto 191/2017, de 28 de noviembre, por el que se declara la
zona especial de conservación Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas (ES0000035) y se
aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y
Gestión del Parque Natural Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas, las prioridades de
conservación sobre las que se orientará la gestión y conservación de la ZEC y la ZEPA
son las siguientes: pastizales calizos de alta montaña, bosques de pinos endémicos,
bosques caducifolios, hábitats de interés comunitario y especies vinculadas a
ecosistemas acuáticos, flora endémica amenazada, topillo de Cabrera, trucha común,
cangrejo de río autóctono, aves rapaces amenazadas, cuevas y simas, quirópteros
forestales y lagartija de Valverde.
Del estudio de impacto ambiental resulta que el proyecto ocupará una superficie
total, entre obras permanentes y temporales, de 5188 m², lo que representa
un 0,00025 % del área del parque natural y espacio protegido Red Natura 2000 citado.
De esa superficie total de ocupación prevista, 3184 m² se corresponden con obras sobre
infraestructuras de la presa existente y 2004 m², con obras sobre terrenos de nueva
ocupación (1062 m² de carácter temporal y 942 m² de carácter permanente), según mide
el estudio de impacto de impacto ambiental.
Las obras que implicarán la ocupación de nuevos terrenos se corresponden con las
actuaciones asociadas a la construcción del cuenco amortiguador del desagüe de fondo
y a la disposición de la escollera de protección en el cauce en el punto de vertido del
desagüe regulador. El estudio de impacto ambiental explica que la ejecución del citado
cuenco amortiguador tiene lugar en una zona que ya actúa como tal o zona de salida de
los caudales del desagüe de fondo y del desagüe regulador (sin existir obra adecuada
para ello); que, en esa zona, existen una zona encharcada consecuencia de las
filtraciones y caudales vertidos del desagüe de fondo y del desagüe regulador y una
«isla» dentro de esa zona encharcada donde han crecido unos chopos; que esa zona,
cve: BOE-A-2021-15929
Verificable en https://www.boe.es
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